Disposición 24.

Fecha de disposición02 Agosto 2016
Fecha de publicación02 Agosto 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Disposición 24/2016

Buenos Aires, 06/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.700.491/15 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 28/29 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 420/05, entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA ACEITERA (SOEIA), y la empresa MOLINOS CAÑUELAS SACIFA, cuyo registro las partes requieren conforme lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del mentado instrumento las partes pactan, entre otros, el pago a grupo de trabajadores de la empleadora de importes adeudados en concepto de diferencias del sueldo anual complementario correspondiente al primer período del año 2015, conforme los detalles allí consignados.

Que los agentes negociales han ratificado acreditando la personería y facultades para negociar, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del instrumento bajo análisis se circunscribe a la correspondencia entre la actividad de la empleadora firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que no obstante ello, el registro que por la presente se dispone lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de registro del mentado Acuerdo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el D.A. N° 186/16.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

Regístrase el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA ACEITERA, y la empresa MOLINOS CAÑUELAS SACIFA, obrante a fojas 28/29 del Expediente N° 1.700.491/15 conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

Regístrese la presente Disposición por la...

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