Disposición 2395/2020

Fecha de publicación10 Junio 2020
SecciónDisposiciones
EmisorDIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES


Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-30895155- -APN-DCPYS#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, las leyes N° 25.565, N° 27.541, los Decretos N° 1410 del 3 de diciembre de 1996, N° 1030 del 15 de septiembre de 2016, N° 260 del 12 de marzo de 2020, N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 409 del 18 de marzo de 2020, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES N° 48 del 19 de marzo de 2020, la Resolución de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN N° 36-E/2017 del 20 de marzo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto de la presente, tramita un procedimiento que tiene por objeto la contratación para la provisión e instalación de cámaras térmicas y adquisición de termómetros infrarrojos, para la lectura de temperatura corporal en los pasos fronterizos y centros de fronteras en los cuales ejerce funciones la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que mediante Nota N° NO-2020-26431651-APN-SCS#MS, la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 260/20, y normativa reglamentaria y complementaria, que amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, solicito a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES que “… tenga a bien adoptar las medidas necesarias para la toma de temperatura corporal de las personas que ingresen al país en todos los corredores seguros y en los demás PUERTOS, AEROPUERTOS, PASOS INTERNACIONALES, CENTROS DE FRONTERA y cualquier otro punto de acceso, de mayor circulación, que se encuentren operativos, pudiendo valerse al efecto de la tecnología que se considere apropiada, y que garantice la adecuada prestación del servicio de control migratorio…”.

Que por medio de la Nota NO-2020-26456295-APN-DNM#MI, esta Dirección Nacional instruyó a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para la prosecución del trámite.

Que a los fines de adoptar las medidas requeridas, mediante Memorándum ME-2020-28277390-APN-DGMM#DNM, la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de esta Dirección Nacional solicito la adquisición de cámara térmicas y termómetros infrarrojos.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES mediante Memorándum ME-2020-30637827-APN-DGA#DNM solicita que se arbitren “… los mecanismos de contratación de bienes y servicios de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 260/2020, en su artículo 15° TER; la Decisión Administrativa 409/2020, y la Disposición 48/2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones, a fin de dotar a la Dirección Nacional de Migraciones de los recursos necesarios para afrontar las tareas primordiales en el marco de la emergencia sanitaria establecida por ley N° 27.541, ampliada por medio del Decreto 260/2020…”. , agregando que “…El procedimiento de selección se deberá sustanciar a través del Sistema Electrónico de contrataciones “COMPR.AR” de acuerdo a las pautas establecidas en la Disposición 48/2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones….”

Que mediante el Informe...

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