Disposición 234.

Fecha de disposición12 Julio 2016
Fecha de publicación12 Julio 2016
MateriaDerecho Civil
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 234/2016

Bs. As., 06/07/2016

VISTO el Decreto N° 434 de fecha 1° de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la norma indicada en el Visto estableció el "Plan de Modernización del Estado", entre cuyos objetivos se encuentra la constitución de una "Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios, a partir del diseño de organizaciones flexibles orientadas a la gestión por resultados".

Que, a ese efecto, impone la necesidad de "aumentar la calidad de los servicios provistos por el Estado incorporando Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, simplificando procedimientos, propiciando reingenierías de procesos y ofreciendo al ciudadano la posibilidad de mejorar el acceso por medios electrónicos a información personalizada, coherente e integral".

Que es responsabilidad de esta Dirección Nacional organizar el funcionamiento de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios para la adecuada prestación de los servicios a su cargo, así como dictar las normas administrativas y de procedimiento relativas a los trámites registrales.

Que con el fin de agilizar y optimizar la presentación y retiro de trámites y la evacuación de consultas por ante los Registros Seccionales, resulta necesario establecer un sistema de turnos a través de la página web de esta Dirección Nacional, el que en una primera etapa revestirá carácter optativo para el público usuario.

Que la asignación de turnos aportará celeridad, eficacia y evitará demoras en la atención al usuario por parte de los Registros Seccionales.

Que, asimismo, ello agilizará el funcionamiento interno de los Registros Secciones, ya que les permitirá conocer de antemano la cantidad de trámites que se realizarán y los dominios a los que se refieren, pudiendo disponer con anterioridad las medidas conducentes para la mejor prestación del servicio encomendado.

Que, a ese efecto, los Registros Seccionales deberán poner a disposición para la atención de la mesa de entradas la cantidad de personal suficiente que asegure el cumplimiento del sistema de turnos, sin detrimento de la atención de los usuarios que se presenten sin turno y de la mesa diferenciada.

Que, consecuentemente, corresponde aprobar el procedimiento para la solicitud de turnos a través de la página web de esta Dirección Nacional.

Que la presente se dicta...

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