Disposición 23/2022

Fecha de publicación21 Enero 2022
SecciónDisposiciones
EmisorARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO


Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2022

VISTO el expediente electrónico EX-2020-64816311- -APN-DGSA#ARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS prorrogada por Decreto N° 167/2021 y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la inmediata ADQUISICION DE INMUNOMODULADORES AMPOLLA PARA PACIENTES COVID.

Que ante la situación epidemiológica y una curva creciente de contagios de pacientes Covid-19, es de gran importancia, que estos insumos básicos sean adquiridos con la urgencia que la situación crítica requiere.

Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.

Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), en número de orden 9.

Que, a las diez horas del día 15 de octubre de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto en número de orden 15.

Que se puso en conocimiento el procedimiento a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA, en número de orden 53.

Que en función de los resultados del informe técnico, surge que los oferentes son técnicamente admisibles.

Que la Unidad Operativa de Compras recomienda:

· Adjudicar la presente contratación al oferente REINSAL S.A. CUIT 30707054847, por la suma de PESOS DOS MILLONES CINCUENTA MIL CON CERO CENTAVOS ($ 2.050.000,00).

· Otorgar orden de merito 2 al oferente CENTRO DE MEZCLAS INTRAVENOSAS S.A. CUIT 30695455220.

Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.

Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución ministerial indicada.

Que los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500).

Que el Departamento Asesoría...

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