Disposición 2/2010
Fecha de disposición | 02 Noviembre 2010 |
Fecha de publicación | 02 Noviembre 2010 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 32019 |
Martes 2 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.019 23 % 23 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE FORMOSA Formosa, 14/10/2010
La Aduana de Formosa, conforme lo instruye la Ley N'º' 25.603, comunica a quienes acrediten algún derecho sobre las mercaderÃas involucradas en las actuaciones que a continuación se detallan, que, de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30 dÃas corridos a partir de la publicación de la presente, se procederá en forma inmediata a incluir las mercaderÃas en la lista de próxima subasta (Art. 439 C.A.) y/o se pondrán a disposición de la SecretarÃa General de la Presidencia de la Nación conforme las previsiones de la Ley antes citada. Cabe aclarar que con las mercaderÃas a las que no se puede dar el tratamiento previsto en las reglamentaciones antes descriptas, se procederá conforme lo establecido en el Art. 448 del C.A.; a dichos efectos, los interesados deberán presentarse en esta dependencia, sita en calle Brandzen N'º' 459 de la ciudad capital de la Provincia de Formosa.
Quedan debidamente notificados.
ADOLFO C. MARTINEZ, Administrador, AFIP, DGA, Aduana Fsa.
e. 02/11/2010 N'º' 131509/10 v. 02/11/2010 % 23 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE FORMOSA Formosa, 14/10/2010
La Aduana de Formosa, conforme lo instruye la Ley N'º' 25.603, comunica a quienes acrediten algún derecho sobre las mercaderÃas involucradas en las actuaciones que a continuación se detallan, que, de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30 dÃas corridos a partir de la publicación de la presente, se procederá en forma inmediata a incluir las mercaderÃas en la lista de próxima subasta (Art. 439 C.A.) y/o se pondrán a disposición de la SecretarÃa General de la Presidencia de la Nación conforme las previsiones de la Ley antes citada. Cabe aclarar que con las mercaderÃas a las que no se puede dar el tratamiento previsto en las reglamentaciones antes descriptas, se procederá conforme lo establecido en el Art. 448 del C.A.; a dichos efectos, los interesados deberán presentarse en esta dependencia, sita en calle Brandzen N'º' 459 de la ciudad capital de la Provincia de Formosa.
Quedan Uds. debidamente notifcados ADOLFO C. MARTINEZ, Administrador, AFIP, DGA, Aduana.
e. 02/11/2010 N'º' 131517/10 v. 02/11/2010 % 23 % MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS...
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