Disposición 224/2023
Fecha de publicación | 27 Abril 2023 |
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2023
VISTO el EX-2021-76382721- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2023-382-APN-ST#MT, y
CONSIDERANDO:
Que en el RE-2021-98147922-APN-DTD#JGM del EX-2021-76382721- -APN-DGD#MT, obra la escala salarial que integra el acuerdo homologado por el artículo 1º de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 485/23, celebrado por la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACIÓN, y la CÁMARA ARGENTINA DE PRODUCTORES AVICOLAS (C.A.P.I.A), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 769/19, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en el RE-2022-63459529-APN-DTD#JGM del EX-2021-76382721- -APN-DGD#MT, obra la escala salarial que integra el acuerdo homologado por el artículo 2º de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 486/23, celebrado por la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACIÓN, y la CÁMARA ARGENTINA DE PRODUCTORES AVICOLAS (C.A.P.I.A), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 769/19, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en la referida Resolución también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el correspondiente informe técnico al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.
Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por su similar DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.
Por ello,
EL DIRECTOR DE NORMATIVA LABORAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los...
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