Disposición 14/2010

Fecha de la disposición19 de Octubre de 2010

Martes 19 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.010 21

Dirección de Control Policial Preventivo, dependiente de la Dirección General de Seguridad Aeroportuaria Preventiva de esta POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de esta Institución ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N'º' 582 del 27 de abril de 2010 y la Resolución N'º' 1617 del 23 de diciembre de 2009 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA DISPONE:

ArtÃculo 1'º — Apruébase el “Tarifario para el Servicio de Prestaciones de Adicionales” de esta POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, que como Anexo forma parte integrante de la presente Disposición.

Art. 2

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Salvador J. Postiglioni.

Anexo - EXPPSA S02: 0005206/2010

TARIFARIO SERVICIO DE PRESTACIONES ADICIONALES POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA Valores expresados en pesos por hora o fracción superior a quince (15) minutos % 21 % % 21 % SubsecretarÃa de PolÃtica y Gestión Comercial COMERCIO EXTERIOR Disposición 14/2010

Procédese a la apertura de un proceso de verificación de origen no preferencial, para determinadas mercaderÃas declaradas como originarias de Taiwán y de la República de Singapur.

Bs. As., 14/10/2010

VISTO el Expediente N'º' S01:0353772/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto la ASOCIACION DE INDUSTRIALES METALURGICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (A.D.I.M.R.A.) solicita el inicio de un proceso de verificación de origen no preferencial para los productos clasificados en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8516.40.00 declarados como originarios de TAIWAN y de la REPUBLICA DE SINGAPUR, en los términos de lo establecido por la Resolución N'º' 437 de fecha 26 de junio de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que mediante la Resolución N'º' 533 de fecha 20 de octubre de 2008 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se estableció la aplicación de derechos antidumping para las planchas eléctricas originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA.

Que como fundamento de su requerimiento, la ASOCIACION DE INDUSTRIALES METALURGICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (A.D.I.M.R.A.) considera que se estarÃan declarando importaciones de las citadas planchas como originarias de TAIWAN y de la REPUBLICA DE SINGAPUR, cuando en realidad serÃan originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA.

Que asimismo agrega que con anterioridad a la iniciación...

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