Disposición 223/2023
Fecha de publicación | 27 Abril 2023 |
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2023
VISTO el EX-2018-34196066- -APN-DGD#MT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la DI-2022-3831-APN-DNRYRT#MT, y
CONSIDERANDO:
Que en la página 8 del IF-2018-34222730-APN-DGD#MT del EX-2018-34196066- -APN-DGD#MT obran las escalas salariales que integran el acuerdo de fecha 18/07/2019 homologado por el artículo 1° de la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 3052/22, celebrado por el SINDICATO DE GUINCHEROS Y MAQUINISTAS DE GRUAS MOVILES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa DEFIBA SERVICIOS PORTUARIOS SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 658/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en la página 3/7 del IF-2019-00635485-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-00608838- -APN-DGDMT#MPYT, vinculado en tramitación conjunta con el EX-2018-34196066- -APN-DGD#MT obra el acuerdo de fecha 4/01/2019, homologado por el artículo 2° de la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 3053/22, celebrado por el SINDICATO DE GUINCHEROS Y MAQUINISTAS DE GRUAS MOVILES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa DEFIBA SERVICIOS PORTUARIOS SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 658/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en la página 10 del IF-2019-73505479-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-73480294- -APN-DGDMT#MPYT, vinculado en tramitación conjunta con el EX-2018-34196066- -APN-DGD#MT obran las escalas salariales que integran el acuerdo de fecha 17/07/2019 homologado por el artículo 3° de la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 3054/22, celebrado por el SINDICATO DE GUINCHEROS Y MAQUINISTAS DE GRUAS MOVILES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa DEFIBA SERVICIOS PORTUARIOS SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 658/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en las páginas 9/10 del IF-2020-06828378-APN-MT del EX-2020-06818087- -APN-MT, vinculado en tramitación conjunta con el EX-2018-34196066- -APN-DGD#MT obra el acuerdo de fecha 24/01/2020, homologado por el artículo 4° de la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 3052/22, celebrado por el SINDICATO DE GUINCHEROS Y MAQUINISTAS DE GRUAS MOVILES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa DEFIBA SERVICIOS PORTUARIOS SOCIEDAD ANONIMA, en el marco...
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