Disposición 223/2015

Fecha de disposición06 Mayo 2015
Fecha de publicación15 Mayo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33130



MINISTERIO DE SEGURIDAD

POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

Disposición 223/2015Ezeiza, 6/5/2015

VISTO el Expediente N° S02:0004490/2014 del Registro de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, la Ley N° 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, la Resolución N° 1.015 del 6 de septiembre de 2012 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Disposiciones Nros. 1.210 del 30 de octubre de 2009, 951 del 14 de agosto de 2012, 313 y 314 del 25 de abril de 2013, todas del Registro de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.102 establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que la Resolución MS N° 1.015/12 aprobó la estructura orgánica y funcional de esta Institución, compuesta por la estructura de conducción y administración, la estructura operacional y el Instituto Superior de Seguridad Aeroportuaria.

Que conforme a lo estipulado en los Artículos 10 y 14 del Anexo I a la citada Resolución, la Dirección General de Seguridad Aeroportuaria Preventiva y la Dirección General de Seguridad Aeroportuaria Compleja tienen a su cargo la dirección orgánica y funcional del sistema de seguridad aeroportuaria preventiva y compleja de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que de conformidad con la citada Resolución, la dirección orgánica del sistema de seguridad aeroportuaria contempla el diseño, la elaboración, la planificación y/o la actualización de, entre otras cuestiones, la doctrina estratégica y operacional de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que la modernización de la doctrina estratégica operacional constituye una tarea fundamental para la optimización del funcionamiento de esta Institución, en cuanto establece las normas, preceptos y principios que regulan el cumplimiento de la misión principal de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, esto es, prevenir, conjurar e investigar el delito en el ámbito aeroportuario.

Que en este sentido, la Disposición PSA N° 1.210/09 aprobó los “Lineamientos Estratégicos de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA para el bienio 2010-2011” y estableció que uno de los principales problemas o nudos críticos que debe afrontar esta fuerza policial es la insuficiente formalización de protocolos policiales.

Que a los fines de avanzar en la resolución del citado nudo crítico, la Disposición PSA N° 951/12 creó la UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA DOCTRINA OPERACIONAL, instancia abocada a la recopilación, sistematización, análisis y actualización permanente del cuerpo de doctrina estratégica y operacional de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que posteriormente, la Disposición PSA N° 314/13 redefinió la composición de la UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA DOCTRINA OPERACIONAL, y facultó a la Dirección General de Planificación a actuar como instancia articuladora con la Dirección Nacional en todo lo atinente a las actividades encomendadas a dicha Unidad.

Que de forma complementaria, mediante la Disposición PSA N° 313/13, se aprobó el Instructivo para la Elaboración y Formalización de Protocolos Generales de Actuación (PGA), y se establecieron las CINCO (5) etapas que deben cumplimentarse para la aprobación de este tipo de documentos: la identificación de la necesidad primaria; la elaboración del documento preliminar; la validación del documento preliminar; la aprobación y publicación del PGA; y la capacitación del personal policial.

Que conforme lo estipulado en la citada Disposición, la Dirección General de Planificación es el área responsable de la coordinación y supervisión dinámica del proceso de elaboración y formalización de los Protocolos Generales de Actuación, y de garantizar que los...

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