Disposición 7/2003

Fecha de disposición15 Agosto 2003
Fecha de publicación15 Agosto 2003
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta30214

Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Disposición 7/2003

Convócase a licitación de cupos de crédito para bonificación de tasas, en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Monto total de la licitación. Requisitos a cumplir por parte de las entidades financieras.

Bs. As., 12/8/2003

VISTO el Expediente EXP-S01:0137423/2003 del Registro de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA y MEDIANA EMPRESA y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCION, el Decreto N° 748 de fecha 29 de agosto de 2000, la Resolución N° 5 de fecha 15 de septiembre de 2000 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del Ministerio de Economía; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 25/2003 se dispuso la unificación de los MINISTERIOS DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que asimismo, se asignó a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION las áreas de competencia que le asistían a la entonces SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE LA PRODUCCION.

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley N° 24.467, en virtud de lo dispuesto por los artículos 3° y 17 del Decreto N° 943/97, y por el Decreto N° 25/2003.

Que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas poseen un rol preponderante en la generación de empleo y en el desenvolvimiento integrado de la actividad económica en todo el territorio del país.

Que el sector mencionado requiere una política de apoyo al desarrollo productivo, de manera que pueda alcanzar crecientes niveles de competitividad, acceder a nuevas tecnologías, ganar nuevos mercados o generar nuevos emprendimientos.

Que el estado de emergencia y la crisis declarada por las Leyes N° 25.561 y N° 25.563 generó una gran inestabilidad en el nivel de los depósitos del sistema financiero que indujo a las entidades financieras a limitar el otorgamiento de nuevos préstamos al público en general, incluyendo a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, y a solicitar la cancelación de los ya acordados generando, de esa forma, un especial riesgo que atenta contra el funcionamiento de la cadena de pagos y contra la existencia misma de esas empresas, todo ello como consecuencia de una marcada volatilidad en las cotizaciones de los valores públicos, caída en el nivel total de los depósitos, operaciones a plazo realizadas en moneda nacional con importantes subas adicionales en el servicio de interés.

Que, si bien actualmente puede verificarse una adecuada estabilidad en el sistema financiero, el cual evidencia el objetivo de consolidar el proceso de recuperación de confianza de los ahorristas en dicho sistema para que de ese modo el mismo recepte fondos que...

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