Disposición 587/2002
Fecha de disposición | 02 Enero 2003 |
Fecha de publicación | 02 Enero 2003 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 30059 |
instrumentation | Disposiciones |
MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Dirección General Impositiva y Dirección General de Aduanas. S/nivel jerárquico de Regiones y Departamento Aduana de Buenos Aires y Aduana de Ezeiza.
Bs. As., 27/12/2002
VISTO el nivel estructural actualmente reconocido a las Regiones Impositivas y Aduaneras y a los Departamentos Aduana de Buenos Aires y Aduana de Ezeiza, y
CONSIDERANDO:
Que dichas dependencias constituyen Unidades estratégicas para el logro de las metas de recaudación y control asignadas a las Direcciones Generales Impositiva y de Aduanas en sus respectivos planes de gestión.
Que quienes ejercen su conducción tienen asignadas responsabilidades críticas que deben ser adecuadamente reconocidas.
Que en tal sentido, las Regiones tienen asignadas tareas que cubren un amplio espectro de funciones en materia de recaudación, fiscalización, técnica, jurídica, de administración y, en el ámbito aduanero, de control del tráfico de mercaderías.
Que los Jefes de Región son Jueces Administrativos, con la responsabilidad adicional que tal facultad conlleva.
Que a partir de la creación de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS fueron delegadas en dichas Unidades mayores grados de discrecionalidad para la toma de decisiones, tanto en asuntos técnicos como de manejo presupuestario, de recursos humanos y materiales, con la consiguiente obligación de rendir cuentas por los resultados.
Que en el caso particular de las Regiones del Interior del país, los Jefes asumen en la práctica la representación local del Organismo, función que -entre otras- implica la relación con las fuerzas de seguridad, con el Poder Judicial y las autoridades provinciales y municipales.
Que asimismo coordinan unidades descentralizadas geográficamente tal el caso de Agencias, Distritos, Aduanas, Resguardos y Pasos Fronterizos y tienen bajo su conducción dotaciones importantes de personal y responsabilidad sobre recursos materiales y financieros de significación.
Que los Departamentos Aduana de Buenos Aires y Aduana de Ezeiza, además de comprenderle gran parte de las condiciones precedentes, constituyen las Aduanas más importantes en cuanto al volumen y significación económica de las operaciones que administran, tanto en exportaciones como en importaciones.
Que atento a lo señalado, resulta oportuno reconocer a las Unidades referidas el nivel de "Dirección", como primera apertura en el orden jerárquico.
Que sin perjuicio de ello, el acceso a la titularidad de dichos cargos continuará sujeto al Régimen de Concursos de Jefatura vigente.
Que han intervenido de conformidad las Direcciones Generales Impositiva y de Aduanas, así como las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Planificación y Administración en los aspectos de sus respectivas competencias.
Que en ejercicio de las atribuciones que le confiere por el artículo 6° del Decreto N° 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
Las Regiones existentes en el ámbito de la Dirección General Impositiva serán consideradas Direcciones, con la denominación de "Direcciones Regionales" según lo que para cada una de ellas se consigna en el Anexo I que forma parte integrante del presente artículo.
Las Regiones Aduaneras existentes en el ámbito de la Dirección General de Aduanas serán consideradas Direcciones, con la denominación de "Direcciones Regionales" según lo que para cada una de ellas se consigna en el Anexo II que forma parte integrante del presente artículo.
Eliminar de la estructura organizativa vigente la unidad orgánica con nivel de Dirección denominada "Aduanas Metropolitanas", existente en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.
Los Departamentos Aduana de Buenos Aires y Aduana de Ezeiza serán considerados Direcciones, con la denominación de "Dirección Aduana de Buenos Aires" y "Dirección Aduana de Ezeiza", respectivamente, y a depender de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.
Crear una unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Operaciones" dependiente de la Dirección Aduana de Buenos Aires.
Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Asistencia Administrativa y Técnica de Buenos Aires" y sus unidades, pasen a depender de la Dirección Aduana de Buenos Aires.
Determinar que la unidad orgánica con nivel de Sección denominada "Administrativa" que dependía de la Dirección de Aduanas Metropolitanas, pase a depender de la Dirección Aduana de Buenos Aires.
Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada "Documentación Fiscal" y sus unidades, pasen a depender del Departamento Asistencia Administrativa y Técnica de Buenos Aires.
Los actuales Jefes Titulares de Región o Departamento comprendidos en los alcances de la presente Disposición continuarán ejerciendo la conducción en carácter de Directores, con derecho a la percepción de las diferencias de haberes que corresponda, hasta la efectiva asignación de la categoría escalafonaria prevista para ese nivel de estructura.
En el término máximo de SESENTA (60) días contados a partir de la vigencia de la presente Disposición, deberán habilitarse los respectivos concursos con ajuste a las previsiones contenidas en el Régimen de Concursos vigente, manteniendo las pautas allí contempladas para jefes de Región y/ o Departamento.
Toda mención que se efectúe de las Regiones en los Anexos B y C de la estructura organizativa, deberá en adelante entenderse referida a la "Dirección Regional" o "Dirección Regional Aduanera", según corresponda, y cuando se citen a los Departamentos "Aduana de Buenos Aires" y "Aduana de Ezeiza" deberá entenderse referido a las Direcciones Aduana de Buenos Aires y Aduana de Ezeiza, respectivamente.
ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal. Anexo I a la Disposición N°587/02 (AFIP).
DENOMINACION ACTUAL NUEVA DENOMINACION REGION SUR DIRECCION REGIONAL SUR...
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