Disposición 19/2002

Fecha de disposición01 Febrero 2002
Fecha de publicación01 Febrero 2002
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29829

Dirección Nacional de Fiscalización Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria y Dirección Nacional de Sanidad Animal

SANIDAD ANIMAL

Disposición Conjunta 19/2002 y 2/2002

Adecuación de las normas referidas a movimientos y traslados de productos, subproductos y derivados de origen animal, y productos agropecuarios, en relación con la Región Patagónica A, en concordancia con la actual situación epidemiológica del país.

Bs. As., 25/1/2002

VISTO el expediente Nº 1508/2002, la Resolución Nº 58 del 24 de mayo de 2001, la Disposición Conjunta DNFA Nº 5/2001 y DNSA Nº 18/2001, correspondientes al registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, Y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a las previsiones contenidas en la citada resolución las Direcciones Nacionales de Sanidad Animal y de Fiscalización Agroalimentaria, están facultadas para modificar las condiciones para el tránsito de animales, productos y subproductos de origen animal y productos agropecuarios entre las diferentes regiones establecidas en el Plan Nacional de Control de la Fiebre Aftosa.

Que resulta imprescindible adecuar las normas referidas a los movimientos y traslado de productos, subproductos y derivados de origen animal, y productos agropecuarios, en concordancia con la situación epidemiológica del país, que ha variado favorablemente en relación a la Fiebre Aftosa a partir del dictado de la mencionada norma.

Que asimismo, el artículo 2º de la Resolución SENASA Nº 58 del 24 de mayo de 2001, faculta a las referidas Direcciones Nacionales para establecer, suprimir y/o modificar los lugares de ingreso y control de los flujos comerciales de hacienda, productos, sub-productos y derivados de origen animal de especies pasibles de transmitir la Fiebre Aftosa entre las diversas regiones del país con diferentes condiciones epidemiológicas.

Que el punto 3.5 del Anexo II, correspondiente a la Región Patagonia A con vacunación, establecido en la Resolución SENASA Nº 58/ 2001, modificado por el punto 11 del Anexo I de la Disposición Conjunta DNFA Nº 5/2001 y DNSA Nº 18/2001 del 12 de junio de 2001, se refiere al ingreso a la mencionada región, de carnes ovina y bovina frescas.

Que la situación epidemiológica de Fiebre Aftosa en el país, se ha modificado favorablemente, con una disminución en la frecuencia de presentación de focos de esa enfermedad al norte de la Región Patagonia A.

Que dicha situación implica una disminución del riesgo de difusión de Fiebre Aftosa, y la aplicación de medidas de control de peligros, en el tránsito de productos de origen animal.

Que la...

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