Disposición 697/2000

Fecha de disposición12 Septiembre 2000
Fecha de publicación12 Septiembre 2000
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29481

MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 697/2000

PROCEDIMIENTO. Artículo 74 del Decreto Nº 1397/79 y sus modificaciones. Delegación. Disposición Nº 63/97 (AFIP). Su modificación.

Bs. As. 6/9/2000

VISTO el artículo 74 del Decreto Nº 1397 -del 12 de junio de 1979- y sus modificaciones; el Decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997; el Decreto Nº 62, del 29 de enero de 1999; la Disposición Nº 63 (AFIP), del 11 de agosto de 1997 y la Disposición Nº 498 (AFIP), del 29 de junio de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4º de la Disposición Nº 63/97 (AFIP), se faculta a la Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva a resolver los recursos deducidos, en los términos del artículo 74 del Decreto Nº 1397/79 y sus modificaciones, que deban ser resueltos por los Subdirectores de las entonces Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas Metropolitanas y del Interior o por el Director de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales, cuando dichas unidades de estructura estuvieran a cargo de funcionarios que no revistan el carácter de Jueces Administrativos sustitutos.

Que, asimismo, el artículo 5º de la citada Disposición otorgó facultades a la Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva para resolver los recursos interpuestos contra actos emitidos por la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales.

Que por el Decreto Nº 62/99 se modificó la Estructura Organizativa de la Administración Federal de Ingresos Públicos, creándose bajo la dependencia de la Dirección General Impositiva las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas I, II, y III.

Que en virtud de la Disposición Nº 498/00 (AFIP), las Regiones dependientes de la Subdirección General de Operaciones Impositivas III fueron asignadas a la Subdirección General de Operaciones Impositivas II.

Que razones de orden operativo y funcional aconsejan la modificación de las disposiciones vigentes relativas a delegación de facultades, resultando necesario establecer los funcionarios competentes para entender en la citada materia.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Asesoría Legal.

Que en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR