Disposición 483/2000
Fecha de la disposición | 4 de Julio de 2000 |
MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 483/2000
Extinción de la relación laboral por mutuo acuerdo de partes. Instrumentos para la desvinculación del personal.
Bs. As., 28/6/2000
VISTO el Acta Acuerdo suscripta con fecha 26 de mayo de 2000 por esta Administración Federal, la Asociación de Empleados de la Dirección General Impositiva y el Sindicato Unico del Personal de Aduanas de la República Argentina, homologada por Resolución Nº 91 del 15 de junio de 2000 de la Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Acuerdo contiene los lineamientos para la instrumentación de un mecanismo de extinción de la relación laboral por mutuo acuerdo de partes.
Que las desvinculaciones que se operen en este marco requieren la suscripción de acuerdos individuales con cada uno de los interesados, los que posteriormente serán objeto de homologación ante el Ministerio citado en el Visto.
Que a dicho efecto resulta procedente aprobar los modelos a que se ajustarán los acuerdos mencionados y delegar en los funcionarios correspondientes las atribuciones para su suscripción.
Que la presente se dicta a propuesta de la Subdirección General de Recursos Humanos y cuenta con opinión favorable de la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.
Que en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
Aprobar los modelos de acuerdos individuales que forman parte de la presente como Anexos Ia y Ib.
Delegar en las Jefaturas citadas a continuación las facultades para suscribir los acuerdos individuales que deben ser homologados ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos.
En Capital Federal:
Director de la Dirección de Personal
Jefe del Departamento Administración de Personal
Jefe del Departamento Beneficios al Personal
En el interior del país:
Jefes de Región, Agencia, Distrito y Receptoría
Jefes de División Aduana
Por la Subdirección General de Recursos Humanos se impartirán las instrucciones a que deberán ajustarse los funcionarios autorizados en el artículo anterior.
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, póngase en conocimiento del SINDICATO UNICO DEL PERSONAL DE ADUANAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA y de la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y archívese. - Dr. HECTOR CONSTANTINO RODRIGUEZ, Administrador Federal.
ANEXO Ia) a la Disposición Nº 483/00 (AFIP)
ACUERDO DE EXTINCION DE LA RELACION LABORAL
MODELO BASICO
En la Ciudad ........................................, a los……días del mes de julio del año dos mil, se celebra el presente acuerdo individual entre la...
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