Disposición 576/1999

Fecha de disposición08 Septiembre 1999
Fecha de publicación08 Septiembre 1999
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29225

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 576/99

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura Organizativa. Su modificación.

Bs. As., 1/9/99

VISTO que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997 y 62 del 29 de enero de 1999 y Disposición Nº 128 del 9 de marzo de 1998 (t. o. por Disposición Nº 37 del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que razones funcionales y operativas aconsejan realizar modificaciones estructurales en el ámbito de la Dirección de Legislación.

Que dichas modificaciones revisten particular importancia para la dinámica que requiere la atención de la legislación fiscal.

Que tales medidas cuentan con la conformidad de la Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva.

Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección General de Recursos Humanos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional (Disposición Nº 890/98).

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º Crear dos (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Normas Técnicas A" y "Normas Técnicas B", dependientes jerárquicamente del Departamento Normas Técnico Tributarias.
ARTICULO 2º Crear dos (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Coordinación y Normas A" y "Coordinación y Normas B", dependientes jerárquicamente del Departamento Coordinación Técnica.
ARTICULO 3º Reemplazar los Anexos A10 y B10 de la estructura organizativa vigente por los que se aprueban por la presente.
ARTICULO 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - CARLOS SILVANI, Administrador Federal.

ANEXO B10

SUBDIRECCION GENERAL DE LEGAL Y TECNICA IMPOSITIVA

DIRECCION DE LEGISLACIóN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar las normas generales reglamentarias e interpretativas, que incluyan cuestiones de derecho previsto en la ley de procedimientos tributarios, e intervenir en la modificación de la normativa afectada por sentencias definitivas.

ACCIONES

  1. Asesorar a la Superioridad para el dictado de resoluciones generales reglamentarias e interpretativas, circulares y demás normas que deban cumplimentar los contribuyentes y responsables.

  2. Dictar instrucciones y promover modificaciones a las normas y resoluciones en vigencia.

  3. Intervenir en la difusión interna y externa de las normas y criterios relacionados con la materia tributaria.

  4. Atender la recepción, registro y despacho de la documentación que ingresa a la Dirección; realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales; atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y participar al área pertinente del movimiento de los fondos provenientes de la Caja Chica.

    DIVISION DIFUSION TRIBUTARIA

    ACCION

    Elaborar el material técnico relativo a las normas legales y reglamentarias que se dicten, así como a la edición y difusión interna y externa del mismo.

    TAREAS

  5. Atender todo lo relacionado con la preparación y divulgación del material técnico jurídico correspondiente a la aplicación de las normas tributarias vigentes y de los pronunciamientos firmes.

  6. Promover la colaboración de expertos en...

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