Disposición 83/1999

Fecha de disposición13 Mayo 1999
Fecha de publicación13 Mayo 1999
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29146

Disposición 83/99 del 7/5/99 Subsecretaría de Industria

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Disposición 83/99

Modifícase la Resolución Nº 312/97-SICYM, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado a la firma Armetal Industria Argentina de Metales S.A.

Bs. As., 7/5/99

VISTO el Expediente Nº 060-016672/96, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el mismo, la firma ARMETAL INDUSTRIA ARGENTINA DE METALES S.A., con domicilio en Avda. del Libertador 602, Piso 4º, Capital Federal, ha sido beneficiaria de un plan de Intercambio Compensado aprobado por Resolución S.I.C. y M. Nº 312 del 18 de abril de 1997.

Que por Expediente Nº 060-006988/98, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la firma solicita la inclusión de nuevos productos a exportar en el Anexo del Programa de Intercambio Compensado de la resolución citada.

Que la inclusión de los productos a exportar en el anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 312 del 18 de abril de 1997, resulta viable de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA

DISPONE:

Artículo 1º

Sustitúyese el Anexo del Programa de Intercambio Compensado de la Resolución S.I.C. y M. Nº 312 del 18 de abril de 1997, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado a la firma ARMETAL INDUSTRIA ARGENTINA DE METALES S.A., con domicilio en Avda. del Libertador 602, Piso 4º, Capital Federal, con las condiciones que se indican en el Anexo de DOS (2) fojas que forma parte integrante de la presente disposición.

Art. 2º

Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente disposición se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución...

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