Disposición 382/1999

Fecha de disposición16 Abril 1999
Fecha de publicación16 Abril 1999
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29127

Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios

REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR

Disposición 382/99

Introdúcense modificaciones en el Digesto de Normas Técnico-Registrales en relación al modelo de Solicitud Tipo "04" Especial, habilitado para peticionar el trámite de baja del automotor para su desguace y destrucción.

Bs. As., 9/4/99

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición D.N. Nº 227/99, modificada por su similar Nº 329/99, se dictaron las normas conducentes a dar cumplimiento a las obligaciones encomendadas a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor por el Decreto Nº 35/99 -Régimen de renovación del parque automotor- y por las Resoluciones S.I.C. y M. Nros. 81/99 y 174/99.

Que si bien ya se encuentra incorporado al Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor el modelo de Solicitud Tipo "04" Especial (Título I, Capítulo I, Sección 3ª, Anexo VII), habilitado para peticionar el trámite de baja del automotor para su desguace y destrucción, se considera necesario introducir modificaciones en dicha solicitud tipo, a fin de eliminar de su texto las referencias al régimen que reglamentó el anterior "Plan Canje" para el que fuera originalmente instrumentada.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2º, inciso c) del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1º

Sustitúyese el modelo de la Solicitud Tipo "04" Especial contenido en el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título I, Capítulo I, Sección 3ª, Anexo VII, por el que se agrega como Anexo de esta disposición.

Art. 2º

Sin perjuicio de lo dispuesto en el Digesto de Normas...

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