Disposición 221/2010

Fecha de publicación31 Agosto 2010
Fecha de disposición31 Agosto 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31976

Martes 31 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.976 61

Que es intención de las partes preservar el clima de paz social necesaria para el desarrollo de la actividad y el cumplimiento de los servicios contratados por el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires y que son esenciales para el mismo y para los vecinos de la ciudad.

Que por ello las partes acuerdan con carácter excepcional el otorgamiento de una asignación extraordinaria de paz social con los alcances personales, económicos y temporales que se establecen a continuación.

Por ello las partes acuerdan cuanto sigue:

PRIMERA Las partes establecen y sin que sea computable a ningún otro rubro legal o convencional, una gratificación extraordinaria NO remunerativa de pesos Ochocientos ($800.-), que será abonada a los trabajadores convencionados en relación de dependencia de la empresa reconocida por la situación especial vivida en el año 2009 y la colaboración prestada por los trabajadores durante el año en cuestión. Dicha suma será abonada por la empresa en cuatro (4) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Doscientos ($200.-) cada una de ellas, con vencimiento los dÃas 15/3/2010, 15/4/2010, 15/5/2010 y 15/6/2010 mediante depósito en la cuenta sueldo de los trabajadores.

SEGUNDA: Las partes podrán presentar el presente ante el Ministerio de Trabajo para su ratificación.

No siendo para más, previa e Ãntegra lectura de la presente y ratificación de su contenido firman los comparecientes. Se firman Cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, firmando las partes al pie del mismo.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición N'º220/2010

Registro N'º675/2010

Bs. As., 18/5/2010

VISTO el Expediente N'º1.360.311/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º25.877, el Decreto N'º900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAS TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que el acuerdo traÃdo a estudio se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º878/07 “E”.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la AsesorÃa Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAS TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del Expediente N'º1.360.311/09, conforme a lo dispuesto en la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 2/3 del Expediente N'º1.360.311/09.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo,

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N'º1.360.311/09

Buenos Aires, 21 de mayo de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N'º220/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 675/10.

— JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 dÃas del mes de septiembre de 2009, se reúnen, por una parte los Sres...

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