Disposición 236/2010

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición26 de Agosto de 2010

Jueves 26 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.973 67

Secretario General, Daniel Rivarola, en su carácter de Secretario Gremial, en representación del Centro de Empleados de Comercio de RÃo Grande, constituyendo domicilio especial en calle Moyano N'º750, 2'º piso de esta ciudad, por una parte, y por la otra el señor Diego Carlos Navarro, en su carácter de Presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Afines de la ciudad de RÃo Grande, con su letrado patrocinante Dr. José Silvio Pellegrino; quienes vienen a esta Sede a formular un preacuerdo convencional como partes signatarias (locales) del expediente 1926/08 y en las siguientes condiciones:

PRIMERO: Cuadro Fáctico. Las Federaciones correspondientes de empleadores y empleados han celebrado un acuerdo paritario en la sede central del MTEySS de la Nación, con fecha 30 de abril de 2009, que produce efectos locales en tanto como se acordó en el expediente N'º1.246.565/07

MTEySS (Res. 1.369/07 S.T.), (precedente del mencionado expediente 1.926/08), la resolución de paritarias nacionales movilizarÃa la negociación local. En tal sentido, ratificando la plena vigencia del CCT 130/75, las partes manifiestan que resulta materialmente imposible y perjudicial a los trabajadores diferir el tratamiento de las condiciones en la región, motivo por el cual —conscientes de la crisis económica— deciden dar inmediata aplicación a lo resuelto en el orden general, sujeto a los siguientes puntos.

SEGUNDO: Las partes deciden adherir Ãntegramente al mencionado acuerdo, especialmente en cuanto al otorgamiento de la suma de Pesos TRESCIENTOS ($300,00) como suma no remunerativa en las condiciones, plazos y modalidades del mismo.

TERCERO: Los sueldos de abril no tendrán variación (respecto de los de marzo) salvo aquello que expresamente se pacta en el presente. Concordantemente con lo resuelto a nivel de convenio nacional, las partes difieren la aplicación del inc. “c” (en lo pertinente) del acuerdo complementario celebrado en la ciudad de Buenos Aires el dÃa 4 de setiembre de 2008; manteniéndose el carácter no remunerativo de las sumas allà establecidas hasta el 31 de diciembre de 2009.

CUARTO: Los firmantes se comprometen a retomar la negociación y completarán el presente dentro de los 30 dÃas de finalizada la paritaria nacional en curso, completando especialmente las escalas salariales que resulten del cumplimiento del artÃculo noveno (o equivalente) de ese acuerdo entre la Federación de trabajadores y Cámaras patronales.

QUINTO: Como principio de ejecución y a los fines de unificar los criterios de liquidación de haberes del sector, las partes deciden remitir copia del presente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de RÃo Grande y Colegio Público de Abogados de RÃo Grande.

No siendo para más, las partes rubrican el presente para conocimiento de esta Autoridad del Trabajo y ad referendum de las respectivas Federaciones, a cuyo efecto solicitan se eleve a la Superioridad.

En la ciudad de RÃo Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a 30 dÃas del mes de diciembre de 2009, presentes en este acto la Cámara de Comercio, Industria y Afines de la Ciudad de RÃo Grande, representada en este acto por el señor Diego Carlos Navarro, en su carácter de Presidente, y por la otra el Centro de Empleados de Comercio de RÃo Grande (PersonerÃa Gremial Res. 1098 MTRySS), representada en este acto por el Sr. Luis Gustavo Costanzo como Secretario Adjunto de la Comisión Directiva; celebran la presente a fin de clarificar la observación dada en el dictamen N'º1940, producido a fs.136 del expediente 1926/08 en fecha 23/06/09 y su posterior N'º4256 a fs.155/156 del 25 de noviembre de 2009 (mismo expediente), declarando las partes lo siguiente:

PRIMERO: Toda vez que la Entidad Sindical obtuvo su personerÃa gremial a través de la Res.

1098 MTEySS de fecha 16 de noviembre de 2009, no resultará necesaria la ratificación de la FAECYS, motivo por el cual solicitan se tenga por subsanada la observación.

”.

TERCERO: Para mejor proveer, las partes adjuntan a la presente las escalas salariales de todo el perÃodo comprendido entre abril a diciembre de 2009, que se identifican como ANEXO I. Las partes dejan constancia que el acuerdo regional 2009 se articula con C.C.T. 130/75.

No siendo para más, se firman 8 ejemplares de un mismo tenor, cuatro de ellos destinados a: 1) Confederación Argentina de la Mediana Empresa; 2) Unión de Entidades Comerciales Argentinas; 3) Cámara Argentina de Comercio y 4) Federación Argentina de Empleados de Comercio; recibiendo su ejemplar en este acto cada parte signataria; restando dos para esta Autoridad del Trabajo.

ANEXO I 30-12-2009

EL PRESENTE ACUERDO REGIONAL 2009 SE ARTICULA CON C.C.T. 130/75

ESCALA SALARIALES DE COMERCIO ABRIL - DICIEMBRE 2009

AMBITO DE APLICACION DEPARTAMENTO RIO GRANDE (INCLUYE SAN SEBASTIAN, RIO GRANDE Y TOLHUIN) TIERRA DEL FUEGO CATEGORIAS Básico CCT 138/75

Complemento Regional Salario Conformado Regional Presentimo Art.40 (8,33%) Acuerdo 2008

Res.188/08 (20%+100) x 8,33

Acuerdo 2009

Res. 570/09

300+8,33% Total = Salario Conf. + Pres. + Acuerdo 2008 + Acuerdo 2009

MAESTRANZA A $1293,65 $454,35 $1.748,00 $145,61 $487,05 $324,99 $2.705,65

MAESTRANZA B $1.300,56 $456,77 $1.757,33 $146,39 $489,07 $324,99...

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