Disposición 155/2010

Fecha de disposición19 Agosto 2010
Fecha de publicación19 Agosto 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31968

Jueves 19 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.968 50 al aumento del 29% establecido por el artÃculo 3'º inciso 3.1 del acuerdo de actividad de fecha 17 de octubre de 2008, se prorrogará hasta el 31 de marzo de 2010, en razón de ello, dicho incremento se convertirá en remunerativo a partir del 1'º de abril del mismo año.

ArtÃculo 6'º - Homologación Las partes convienen en presentar este acuerdo para su homologación, quedando las mismas facultadas, en forma conjunta y/o separada a solicitar ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el acto administrativo que asà lo declare, firmándose 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición N'º155/2010

Registro N'º447/2010

Bs. As., 29/3/2010

VISTO el Expediente N'º1.267.408/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita la solicitud de homologación del Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la EMPRESA AES ALICURA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el referido Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones económicas para los dependientes de la empleadora, con vigencia a partir del 1 de abril de 2008, conforme los detalles allà impuestos.

Que en orden al carácter pluri-individual de lo acordado en el inciso b), acápite 1.2 de la Cláusula Primera del mentado instrumento, la nómina de trabajadores allà consignados no resulta materia de homologación por parte de esta Autoridad Administrativa.

Que de las constancias de autos, y las obrantes en esta Cartera de Estado, surge la personerÃa invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo, se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como asà también con los de la Entidad Sindical firmante, emergentes de su PersonerÃa Gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentesmencionados;posteriormenteprocederemitirlasactuacionesalaDireccióndeRegulaciones deTrabajo a fin de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, de acuerdo a lo previsto en el ArtÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que la AsesorÃa Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, y la empresa AES ALICURA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del Expediente N'º1.267.408/08, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N'º1.267.408/08.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente remÃtase las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio conforme lo dispuesto por el ArtÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N'º20.744 (t.o. 2004).

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo;

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N'º1.267.408/08

Buenos Aires, 30 de marzo de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N'º155/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando...

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