Disposición 1/2010

Fecha de la disposición25 de Junio de 2010

SEGUROS PARA MUSICOS Y AGENTES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, matrícula 1698 (EXPTE. 5185/09 RES. 625/10)'; todas ellas con domicilio en la provincia de Buenos Aires;

el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican entre paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución 3369/09, por hallarse suspendida la autorización para funcionar en tanto que se encuentran comprendidas en la situación prescripta en los artículos 1º y/o 2º de la Resolución 3369/09, por lo expuesto y en atención al estado de los presentes actuados adécuese a lo dispuesto a la resolución mencionada. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas 'ut supra' ha sido designado la suscripta como instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las citadas mutuales el plazo de diez (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1º inc. F aps. 1 y 2 de la Ley 19.549). Admitiendo sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto Nº 1759/72 Reglamentario de la Ley 19.549 (T.O. 1991) Se hace saber a las entidades, que en caso de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la apertura de los respectivos sumarios, podría recaer sobre las mismas, la sanción dispuesta por el artículo 35, inc. d), de la Ley 20.321. Fdo.: Dra. MELINA GUASSARDO, Instructora Sumariante, INAES.

  1. 25/06/2010 Nº 70116/10 v. 29/06/2010 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Disposición Nº 1/2010

Designación de Representantes del FISCO NACIONAL (AFIP) para actuar en causas judiciales. Recursos de la Seguridad Social y/o Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Ley N° 26.565).

Bs. As., 16/6/2010

VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 12846-215-2010 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 217/2003 (B.O. 18/06/03), restablece de pleno derecho las facultades y atribuciones de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS en materia de aplicación, recaudación, fiscalización y ejecución judicial de los recursos de la seguridad social.

Que la Disposición Nº 110/10 (AFIP) del 23 de marzo de 2010, delega y circunscribe las responsabilidades a cargo de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social, respecto del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Que la Dirección de Contencioso de los Recursos de la Seguridad Social tiene como responsabilidad primaria, representar y patrocinar al FISCO NACIONAL en los juicios relativos a los Recursos de la Seguridad Social y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), en que la repartición sea parte.

Que las necesidades funcionales del área requieren la designación de representantes del FISCO NACIONAL, para actuar en las causas mencionadas.

Que la Subdirección General de Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social ha prestado su conformidad.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y por la Disposición Nº 110/10 (AFIP)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR