Disposición 21.

Fecha de disposición18 Marzo 2016
Fecha de publicación18 Marzo 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Disposición 21/2016

Bs. As., 12/02/2016

VISTO el Expediente N° 1.677.044/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 405 del 5 de agosto de 2015, las Disposiciones de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 94 del 15 de abril de 2015 y N° 97 del 8 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 126/128 del Expediente N° 1.677.044/15 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical, y BINBAIRES SOCIEDAD ANÓNIMA, MAGIC STAR SOCIEDAD ANÓNIMA - CASINO BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA - UTE, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa homologado por la Disposición D.N.R.T. N° 405/15 y registrado bajo el N° 1462/15 "E", conforme surge de fojas 152/155 y 158, respectivamente.

Que el referido Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1462/15 "E" renueva a los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa N° 1067/09 "E" y N° 1084/10 "E".

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 94 del 15 de abril de 2015 se fijaron los promedios de las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios con vigencia desde el 1° de agosto de 2015 para las Sedes de Olavarría y de Ezeiza, correspondientes a los Acuerdos N° 240/15 y N° 241/15, celebrados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1084/10 "E".

Que asimismo, mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 97 del 8 de mayo de 2015 se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de agosto de 2015, correspondiente al Acuerdo N° 1893/14, celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1067/09 "E".

Que atento a que las partes en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1462/15 "E" han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes al mes de agosto 2015, deviene necesario actualizar los montos de los promedios de las remuneraciones...

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