Disposicion 20
Fecha de publicación | 29 Abril 2008 |
Fecha de disposición | 29 Abril 2008 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 31394 |
Que mediante la Resolución Nº 779 de fecha 11 de julio de 1997 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se aprobaron los contratos y la documentación, correspondientes a la cancelación anticipada de deuda y venta de acciones Clase 'C' de YPF SOCIEDAD ANONIMA, en especial el Contrato de Depósito y el Contrato de Cesión de Derechos, los que serían suscriptos por los empleados adherentes a la operación de cancelación de deuda y venta de acciones y se creó el Fondo de Reserva Transitorio autorizado por el Artículo 3º del Decreto Nº 628/97.
Que en virtud de las numerosas causas judiciales iniciadas por ex agentes de YPF SOCIEDAD ANONIMA, y en especial del pronunciamiento recaído en los autos 'ANTONUCCI, ROBERTO c/ YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES SOCIEDAD ANONIMA --YPF-- y OTROS', se sancionó la Ley Nº 25.471, la que reconoció el derecho de inclusión en el Programa de Propiedad Participada previsto por la Ley Nº 23.696, a todos aquellos ex agentes que se desempeñaron en relación de dependencia con YPF SOCIEDAD ANONIMA al 1 de enero de 1991 y que hubieran comenzado su relación laboral con anterioridad a dicha fecha, reconociendo una indemnización económica por parte del ESTADO NACIONAL a favor de los ex agentes encuadrados en el Artículo 1º de dicha ley y que no hubieran podido acogerse al Programa de Propiedad Participada, por causas ajenas a su voluntad, o en razón de la demora en la instrumentación del mismo, o que incorporados, hubiesen sido excluidos.
Que a través de la Resolución Nº 1023/06 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, cuya suspensión, nulidad y revocación plantean los presentantes, se instruyó al BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a cancelar al ESTADO NACIONAL el saldo de la deuda del ex Programa de Propiedad Participada de YPF SOCIEDAD ANONIMA, mantener la cuenta del Fondo de Reserva Transitorio, liberar de prenda y transferir las acciones a los empleados adherentes a la operación aprobada por el Decreto Nº 628/97, en proporción a sus tenencias, mantener los activos afectados a la medida cautelar 'ORREGO, Gustavo y otros c/ESTADO NACIONAL s/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA' hasta tanto exista el pronunciamiento judicial definitivo y distribuir entre todos los empleados adherentes a la operación aprobada por el Decreto Nº 628/97, en proporción a sus tenencias, los activos remanentes formados por montos en Pesos, en Dólares Estadounidenses y en 'Bonos del Gobierno Nacional en Dólares...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba