Disposición 2/2019

Fecha de publicación25 Abril 2019
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO
Visto el expediente EX-2017-35533583-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la nota B-122916-1 del 28 de diciembre de 2017 (IF-2017-35609922-APN-DDYME#MEM) Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) informó que las empresas indicadas en el anexo (IF-2018-13008175-APN-DNRMEM#MEM), que forma parte integrante de la presente disposición, han comunicado haber asumido respectivamente la titularidad de los establecimientos que ya se encontraban incorporados al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) como Grandes Usuarios Menores (GUMEs), conforme lo establecen las resoluciones 61 del 29 de abril de 1992 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica y 137 del 30 de noviembre de 1992 de la ex Secretaría de Energía ambas dependientes del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y sus correspondientes modificaciones.

Que las mencionadas empresas solicitaron su habilitación para seguir actuando con continuidad en el MEM, como nuevos titulares y en el mismo carácter que los anteriores titulares de cada uno de los establecimientos citados.

Que a los efectos enunciados en el párrafo anterior, las referidas empresas han suscripto el correspondiente Formulario de Adhesión resultante de la aplicación de la resolución 95 del 22 de marzo de 2013 de la ex Secretaría de Energía del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Que los referidos cambios de titularidad han sido aceptados con carácter provisorio por CAMMESA.

Que el listado de las empresas solicitantes ha sido publicado en el Boletín Oficial dela República Argentina 33796 del 22 de enero de 2018, no habiéndose recibido objeciones u oposiciones al respecto.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de la Subsecretaría de Mercado Eléctrico de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36...

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