Disposición 19/2020

Fecha de publicación21 Enero 2020
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2020

VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-00022670-AFIP-DIPERS#SDGRHH, y

CONSIDERANDO:

Que la Disposición Nº 442 (AFIP) del 7 de julio de 1999, sus modificatorias y complementarias, contiene las pautas para la distribución de las partes selectivas contempladas en los regímenes de jerarquización para el personal de la ex-Dirección General Impositiva y de la ex- Administración Nacional de Aduanas.

Que entre otras cuestiones, dispone las pautas de evaluación para el personal de esta Administración Federal que se desempeña en carácter de adscripto o en comisión de servicios en otros organismos de la Administración Pública.

Que en ese sentido, se estableció una diferenciación entre el personal que reviste en tal situación en la Jefatura de Gabinete de Ministros o en el entonces Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, el cual es evaluable por las autoridades respectivas de dicho ámbito y aquél que presta servicios en otras jurisdicciones de la Administración Pública.

Que de la experiencia recogida y atendiendo a las políticas fijadas en materia de recursos humanos, se considera oportuno modificar la Disposición Nº 442/99 (AFIP), a los fines de adecuar las referidas pautas de evaluación en pos de lograr un funcionamiento integral y equitativo del sistema.

Que asimismo esta Administración Federal, con el objeto de alcanzar sus objetivos estratégicos, privilegia la interacción con otras dependencias del Poder Ejecutivo Nacional, a fin de armonizar las normas y procedimientos para promover una sociedad fiscal responsable y prevenir ilícitos impositivos, previsionales y aduaneros.

Que en ese sentido, la participación del personal de esta Administración Federal en los niveles de decisión de esas otras dependencias estatales, puede resultar beneficiosa y de interés en tanto propenda a mejorar la fiscalización de los contribuyentes con el consecuente impacto en los niveles de recaudación.

Que en ese orden de ideas se considera oportuno que los agentes que fueran designados para desempeñar funciones superiores de gobierno en dependencias del Poder Ejecutivo Nacional, en tanto contribuyan a lograr los objetivos descriptos en los párrafos precedentes, participen en la distribución de la cuenta de jerarquización, con ajuste al mecanismo que se establece en la presente.

Que la medida que se adopta no implica una mayor erogación presupuestaria.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales...

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