Disposición 188/2022

Fecha de publicación11 Febrero 2022
SecciónDisposiciones
EmisorDIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES


Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2022

VISTO el Expediente EX-2022-12306787- -APN-DG#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 25.871, el Decreto Nº 616 del 3 de mayo de 2010, sus normas reglamentarias y concordantes, la Disposición DNM N° 1170 del 29 de junio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24, inciso h) de la Ley N° 25.871 prevé la concesión de residencia transitoria en virtud de “razones especiales”, a juicio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que en diferentes oportunidades, distintas asociaciones empresas u organismos han solicitado la intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES en la organización de eventos deportivos, culturales o turísticos que revisten interés nacional, provincial o municipal y que cuentan con la presencia de personas extranjeras.

Que a esos fines, se torna necesario establecer un procedimiento mediante el cual se estandarice tanto la gestión de la solicitud mencionada en el párrafo precedente, como un proceso simplificado de otorgamiento de los permisos de ingreso con autorización para desempeñar las tareas inherentes al evento, todo ello con el fin de agilizar los procedimientos migratorios en oficinas de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES y puntos de control fronterizo.

Que en ese sentido, la implementación de un “PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA EL INGRESO A LA REPÚBLICA ARGENTINA DE PERSONAS EXTRANJERAS PARTICIPANTES EN EVENTOS CULTURALES, DEPORTIVOS O TURÍSTICOS QUE REVISTAN INTERES NACIONAL, PROVINCIAL O MUNICIPAL” contribuirá al logro del mencionado propósito.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y en uso de las facultades conferidas por los artículos 105 y 107 de la de la Ley N° 25.871 y por el Decreto N° 59 del 23 de diciembre de 2019.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase...

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