Disposición 175.

Fecha de disposición09 Diciembre 2015
Fecha de publicación09 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales
MINISTERIO DE INDUSTRIA
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA
Bs. As., 01/12/2015
VISTO el Expediente N° S01:0187352/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 25.922 se creó el Régimen de Promoción de la Industria del Software, que prevé
beneficios para la industria del software y servicios informáticos.
Que por la Ley N° 26.692 se prorrogó el Régimen mencionado hasta el día 31 de diciembre de 2019 y se
implementaron modificaciones a los efectos de mejorar su funcionamiento.
Que el Decreto N° 1.315 de fecha 9 de septiembre de 2013 aprobó la Reglamentación de la Ley N°
25.922 y su modificatoria Ley N° 26.692 y creó, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de
la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, el Registro Nacional de Productores
de Software y Servicios Informáticos de las Leyes N° 25.922 y su modificatoria N° 26.692.
Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 31 de enero de 2014 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, se dictaron las normas complementarias y aclaratorias para la mejor
aplicación del Régimen de Promoción de la Industria del Software.
Que con fecha 1 de septiembre de 2014, la empresa ENGEE IT S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-71231858-5)
presentó la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios
Informáticos creado por el Decreto N° 1.315/13, mediante la presentación del formulario “on line” y la
documentación respaldatoria del Anexo III de la Resolución N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
conforme lo previsto en los Artículos 14 y 15 de esta última resolución.
Que la Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación y Promoción Industrial de la Dirección
Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE
INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en mérito a lo normado en el Artículo 16 de la Resolución
N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, examinó el cumplimiento de los requisitos y demás
formalidades establecidas en la normativa vigente, conforme surge del informe técnico de evaluación
obrante a fojas 169/175 del expediente citado en el Visto.
Que de conformidad con lo indicado en el informe técnico antes mencionado, y de acuerdo a lo informado
por la empresa con carácter de declaración jurada en el Anexo II b de la certificación contable del Anexo
III de la Resolución N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, la cantidad de personal destinado a
actividades promovidas representa el NOVENTA Y SEIS COMA TREINTA Y SEIS POR CIENTO
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/Vk5vSzFNRUM2ajArdTVReEh2ZkU0dz09
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