Disposición 1714/2020. DI-2020-1714-APN-DNM#MI

Fecha de disposición18 Marzo 2020
Fecha de publicación18 Marzo 2020
SecciónDisposiciones

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 1714/2020 DI-2020-1714-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 18/03/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-17763587- -APN-DGI#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 25.871, el Decreto Nº 70 del 27 de enero de 2017, el Decreto Reglamentario Nº 616 del 3 de mayo de 2010, el Decreto Nº 260 del 12 de marzo del 2020, la Resolución Nº 30 del 16 de marzo del 2020 del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Disposiciones complementarias y concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que la admisión, el ingreso, la permanencia y el egreso de personas a la REPÚBLICA ARGENTINA se rigen por la disposiciones contenidas en la Ley Nº 25.871, del Decreto Nº 70/17 y del Decreto Reglamentario Nº 616/10 y, en tal sentido, la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, como autoridad de aplicación de las mismas, debe asegurar a toda persona extranjera que solicite ser admitida de manera permanente, temporaria o transitoria en el Territorio...

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