Disposicion 17.913/2007 -dnm
Fecha de disposición | 03 Mayo 2007 |
Fecha de publicación | 03 Mayo 2007 |
Materia | Derecho Constitucional |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 31147 |
CLAUSULA TERCERA: Incorpórase al final de la CLAUSULA DECIMA del 'Convenio' el siguiente párrafo: 'Emitida la disposición de orden de pago, la `Subsecretaría' podrá comunicar al `Fondo Provincial' el detalle de los créditos incluidos en la misma, con identificación del titular (nombre y apellido o razón social), número de préstamo, número de Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), montos pagados y el período al que corresponde la bonificación'.
CLAUSULA CUARTA: 'Las Partes' constituyen domicilio especial en los indicados en la presente Addenda.
de 2007.
Licenciado Matías Sebastián KULFAS Señor Jorge Luis Alberto TIEPPO Subsecretario de la Subsecretaría de la Director Ejecutivo del Fondo Provincial para Pequeña y Mediana Empresa y la Transformación y el Crecimiento de la Desarrollo Regional Provincia de MENDOZA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Disposición 17.913/2007
Programa Nacional de Normalización Documentaria Migratoria. Delégase en el Intendente de la Municipalidad de La Plata la facultad de resolver los trámites y firmar las Disposiciones que sean dictadas en el marco del citado Programa, para extranjeros nativos en los Estados Parte del Mercado Común del Sur y sus Estados Asociados.
Bs. As., 27/4/2007
VISTO el EXPDNM-S02:0002122/2007, del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Disposición DNM Nº 13.291 de fecha 3 de abril de 2007, y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Disposición mencionada en el Visto de la presente, se estableció que la MUNICIPALIDAD DE LA PLATA, en su doble carácter de organismo estatal y de Institución Social Colaboradora, queda autorizada a cumplimentar la Segunda Etapa del PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACION DOCUMENTARIA MIGRATORIA para extranjeros nativos de los Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y sus Estados Asociados a través de un procedimiento especial.
Que dicho procedimiento especial se ve reflejado en la delegación de la facultad en favor del Señor Intendente de la MUNICIPALIDAD DE LA PLATA, de resolver los trámites y firmar las Disposiciones que sean dictadas en el marco del Programa, otorgando residencias temporarias y permanentes en beneficio de aquellos migrantes inscriptos únicamente a través de la Municipalidad en su carácter de Institución Social Colaboradora.
Que en fecha 23 de abril de 2007, el Señor Intendente Dr. Julio César ALAK presenta una nota solicitando...
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