Disposición 17/2015
Fecha de publicación | 20 Enero 2015 |
Fecha de disposición | 14 Enero 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33053 |
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Disposición 17/2015
Asunto: Finalización y designación de jefaturas Interinas en jurisdicción de la Agencia La Rioja.
Bs. As., 14/1/2015
VISTO la Actuación Nº 10138-9-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior por razones de índole funcional propone dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente a la Contadora Pública Carolina Isabel ZANDRI, en carácter de Jefa de la Agencia La Rioja de la Dirección Regional San Juan y designarla en el carácter de Jefa Interina de la Sección Verificaciones de la citada Agencia.
Que por lo expuesto se gestiona designar como Jefa Interina de la Agencia La Rioja a la Contadora Pública María Angélica del Carmen PEDRAZA, quien viene desempeñando las funciones de Jefa Interina de la Sección Verificaciones de la citada Agencia.
Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto Nº 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.
Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.
Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 56/92 - Laudo Nº 16/92 (t.o. Resolución S.T. Nº 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº 15/91 (t.o. Resolución S.T. Nº 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.
Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba