Disposición 15.

Fecha de disposición21 Junio 2016
Fecha de publicación21 Junio 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Disposición 15/2016

Bs. As., 27/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.714.205/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 10/12 y 13/14 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado conjuntamente con Anexo I y II respectivamente entre el SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN FILIAL BUENOS AIRES, por el sector sindical, y SANFORD SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA, INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen condiciones laborales, para todos los trabajadores individualizados en el Acuerdo y Anexos traídos a estudio.

Que los agentes negociales han acreditado la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos y por ante esta Cartera de Estado.

Que el ámbito de aplicación del presente texto convencional se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que no obstante ello, debe aclararse que se procederá al registro del presente, como acuerdo marco de derecho colectivo sin perjuicio del resguardo de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión Administrativa N° 186/16.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

Procédase al registro del Acuerdo conjuntamente con Anexo I y II, celebrado entre el SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN FILIAL BUENOS AIRES, por el sector sindical, y SANFORD SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA...

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