Disposición 1489-E.

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Fecha de la disposición 3 de Abril de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 1489-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 29/03/2017

VISTO el Expediente EX-2017-04664418-APN-DGA#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, lo establecido por la Ley N° 25.871, y

CONSIDERANDO:

Que en la REPÚBLICA ARGENTINA entró en vigencia el nuevo CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN (CCCN), aprobado por Ley N° 26.994, a partir del 1° de agosto de 2015 (Ley N° 27.077) que incorpora un sistema de fuentes integral, complejo, aludiendo a una interpretación de la norma vinculada con la CONSTITUCIÓN NACIONAL, tratados internacionales, leyes, jurisprudencia, usos, prácticas, costumbres (conforme artículos , y , CCCN).

Que el artículo 2º del citado código establece que: "La ley debe ser interpretada teniendo en cuenta sus palabras, sus finalidades, las leyes análogas, las disposiciones que surgen de los tratados sobre derechos humanos, los principios y los valores jurídicos, de modo coherente con todo el ordenamiento".

Que el artículo 9º del Anexo II del Decreto N° 616/10 prescribe que: "\u2026Cuando se solicite la residencia de personas menores de edad, bastará la presentación y autorización de uno de los progenitores o del tutor legalmente instituido, en los términos que prevea la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONE...".

Que la Disposición DNM N° 4880 del 1° de octubre de 2015, en su artículo 2° establece: "Téngase como requisito necesario para otorgar residencia permanente a un menor de edad, el de requerir el consentimiento expreso de ambos progenitores, en los casos en que el menor tenga doble vínculo parental. Asimismo hágasele saber dicho requisito al progenitor solicitante de una residencia temporaria para un menor de edad a fin de que lo tenga presente para el momento de solicitar la conversión a residencia permanente por cualquiera de los supuestos reglamentarios previstos por el artículo 22 de la Ley N° 25.871".

Que el artículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR