Disposicion 148

Fecha de publicación24 Octubre 2007
Fecha de disposición24 Octubre 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31266

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a elaborar, por intermedio de la Dirección de Regulaciones del Trabajo, el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 628/05.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1º

Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la UNION FERROVIARIA y el CONSORCIO PORTUARIO REGIONAL DE MAR DEL PLATA, que luce a fojas 169/170 el Expediente Nº 1.043.215/01.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo, obrante a fojas 169/170 del Expediente Nº 1.043.215/01.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el artículo 245º de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. JORGE ARIEL SCHUSTER, Director Nacional de Relaciones del Trabajo.

Expediente Nº 1.043.215/01

Buenos Aires, 12 de septiembre de 2007

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 148/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 169/170 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 1116/07. -- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA-ACUERDO: En la ciudad de Mar del Plata, a los 30 días del mes de marzo de 2007, entre la Unión Ferroviaria, con domicilio en Independencia 2880, representada en este acto por los Sres. José Angel Pedraza en su carácter de Secretario General, el Sr. Eduardo Raúl Fuertes, en su carácter de Secretario de Educación, Cultura y Capacitación Tecnológica y el Sr. Pablo José Galileo Mancini (DNI: 10.505.871), Delegado de Personal, por una parte (en adelante 'la organización gremial') y por la otra el Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, representada en este acto por su Presidente, CPN Sergio Fares (DNI: 17.741.279), en el marco de la negociación colectiva que se lleva a cabo entre las partes ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación en el expediente 1.043.215/01, se conviene lo siguiente:

Primero: El Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata abonará provisoriamente a los empleados del CPRMDP comprendidos en el ámbito de presentación personal de la organización gremial y a cuenta de lo que se acuerde con dicha entidad en el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo cuya discusión se realiza en el expediente citado, la suma de CIENTO VEINTE ($ 120,00) PESOS MENSUALES con carácter remunerativo, que será abonada en la liquidación de marzo de 2007 y con retroactividad al 1º de enero de 2007. Su pago se continuará efectuando hasta el 30 de junio de 2007, lapso que ambas partes suponen como suficiente para que en el marco del expediente citado, el nuevo convenio colectivo...

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