Disposición 134. DI-2018-134-APN-DNRYRT#MT

Fecha de disposición27 Noviembre 2018
Fecha de publicación27 Noviembre 2018
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 134/2018

DI-2018-134-APN-DNRYRT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2018

VISTO el Expediente Nº 1.787.027/18 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2018-139-APN-SECT#MT, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 28 del Expediente N° 1.787.027/18 obra la escala salarial pactada entre la UNIÓN FERROVIARIA, por la parte sindical y la empresa LOGÍSTICA RIO ARRIBA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del convenio colectivo de trabajo de empresa homologado por la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1573/18 "E", conforme surge de fojas 96/97 y 100, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 105/106 vuelta, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Dirección Nacional por el cual se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y por la Decisión Administrativa Nº 296 del 9 de marzo de 2018.

Que las facultades del suscripto surgen de la...

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