Disposición 1301. Prohibición de uso y comercialización.

Fecha de disposición10 Febrero 2017
Fecha de publicación10 Febrero 2017
SecciónDisposiciones

Disposición 1301/2017

Prohibición de uso y comercialización.

Buenos Aires, 08/02/2017

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-1075-16-6 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

CONSIDERANDO:

Que se inician las actuaciones referidas en el VISTO por las cuales la Dirección de Vigilancia de Productos Para la Salud --DVS División Productos Cosméticos-- hace saber a fs. 1/2 las irregularidades detectadas por parte de la firma SIGMA LINE S.R.L. con domicilio en la calle La Roche 867, Morón, provincia de Buenos Aires.

Que la DVS informó que las actuaciones se originaron con motivo de una inspección (O.I. N° 2016/3746-DVS 7609) en la Farmacia Red Miguel Lanus I de Don Sofali Miguel S.R.L., mediante la cual se retiró el producto rotulado como: "UNO Paño Seco Jabonoso, Lote: 1177, Venc: 09/20, Fabricado en Argentina por Sigmaline SRL para Guanta SA, guanta@guanta.com.ar; cuyo envase carece en su rotulado de datos de inscripción del producto ante ANMAT (N° de legajo del establecimiento elaborador y Res. 155/98), listado de ingredientes y contenido neto".

Que en consecuencia, en el marco de fiscalización de productos cosmético, se realizó una inspección (O.I. Orden de Inspección N° 2016/3094-DVS-7246) en la firma SIGMA LINE S.R.L., en dicho procedimiento, el presidente de la firma reconoció el producto exhibido como propio y original de la firma.

Que a su vez, se constató que el producto se encuentra inscripto mediante trámite N° 25116/2014 bajo la denominación PAÑO SECO JABONOSO marca UNO, en el que consta como titular de la firma SIGMA LINE S.R.L. y elaborador contratado SEANCE S.R.L.

Que sin embargo, la referida firma declaró que no se elaboró ninguna unidad del producto marca UNO sino que se trató de unidades de paño seco elaboradas bajo la marca SIGMA por Seance S.R.L., producto que se encuentra debidamente inscripto, que posteriormente fueron reacondicionadas en el establecimiento de SIGMA LINE S.R.L. en envases pertenecientes a la marca UNO, careciendo por lo tanto de los correspondientes registros de producción.

Que la DVS señaló que SIGMA LINE S.R.L. sólo cuenta con habilitación emitida por esta Administración Nacional para el rubro "fabricante de productos médicos", careciendo de habilitación para toda actividad vinculada con productos cosméticos.

Que de lo expuesto se desprende que la información obrante en el rótulo del producto detectado en el...

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