Disposición 130/2021

Fecha de publicación30 Septiembre 2021
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-67738349- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Leyes Nros. 25.506 y 27.446, los Decretos Nros. 434 de fecha 1 de marzo de 2016, 561 de fecha 6 de abril de 2016, 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016, 891 de fecha 1 de noviembre de 2017, 894 de fecha 1 de noviembre de 2017 y 182 de fecha 11 de marzo de 2019, 230 de fecha 31 de marzo de 2021, las Resoluciones Nros. 391 de fecha 26 de septiembre de 2013 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y RESOL-2019-43-APN-SECMA#JGM de fecha 2 de mayo de 2019 de la ex - SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.506 reconoce el empleo de la firma electrónica y la firma digital, y su eficacia jurídica, estipulando en su Artículo 48 que el ESTADO NACIONAL, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el Artículo 8º de la Ley Nº 24.156, promoverá el uso masivo de la misma, teniendo como fin propender a la despapelización de la Administración Pública Nacional.

Que con el mismo objetivo, la Ley Nº 27.446 estableció que, para el Sector Público Nacional, los documentos oficiales electrónicos que se firman digitalmente, los expedientes electrónicos, las comunicaciones oficiales, las notificaciones electrónicas y el domicilio especial constituido electrónico de la plataforma de trámites a distancia TAD y de los sistemas de gestión documental electrónica utilizados por la Administración Pública Nacional, las provincias, el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Municipios, Poderes Judiciales, entes públicos no estatales, sociedades del Estado, entes tripartitos, entes binacionales, BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en procedimientos administrativos y procesos judiciales, tienen idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte utilizado hasta la fecha de su entrada en vigencia.

Que con el fin de alcanzar un Estado moderno y eficiente e incorporar las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones simplificando procedimientos, propiciando reingenierías de procesos y ofreciendo al ciudadano la posibilidad de mejorar el acceso por medios electrónicos a información personalizada, coherente e integral, con el dictado del Decreto Nº 434 de fecha 1 de marzo de 2016, se aprueba el Plan de Modernización del Estado definiéndose los ejes centrales, las prioridades y los fundamentos para promover las acciones necesarias orientadas a ello.

Que por el Decreto Nº 561 de fecha 6 de abril de 2016, se aprobó la utilización del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional.

Que, posteriormente, mediante el Decreto Nº 1.063 de fecha 4 de...

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