Disposición 1271-E.

Fecha de disposición05 Diciembre 2017
Fecha de publicación05 Diciembre 2017
SecciónDisposiciones

POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

Disposición 1271-E/2017

Aeropuerto internacional Ezeiza, Buenos Aires, 01/12/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-17497667-APN-DGPPA#PSA del Registro de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, el Documento Nº 8973 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), la Ley N° 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, la Resolución Nº 1015 del 6 de septiembre de 2012 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Disposición N° 1088 del 30 de octubre de 2017 del Registro de esta Institución (DI-2017-1088-APN-DGRI#PSA), y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.102 de Seguridad Aeroportuaria establece en su artículo 1° que la seguridad aeroportuaria "debe ser resguardada y garantizada por el Estado nacional a través de las instituciones públicas y organismos de carácter policial, de seguridad, regulación y/o supervisión, con competencia en la materia o en algunos aspectos parciales de la misma."

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la citada Ley, esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA actuará como autoridad superior responsable de la seguridad aeroportuaria del Sistema Nacional de Aeropuertos,

Que asimismo en su artículo 17 se establece que POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA actuará como autoridad de aplicación del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, de las normas y métodos recomendados por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en todo lo atinente a la seguridad y protección de la aviación civil internacional contra los actos de interferencia ilícita y de los tratados suscriptos por la Nación en la materia.

Que dentro de las funciones receptadas en el artículo 14, se destacan las señaladas en los incisos 1, 2, 4 y 7: "1. La salvaguarda a la aviación civil nacional e internacional a través de la vigilancia, verificación y control de instalaciones, vehículos, personas, equipajes, correo, cargas, mercancías y cosas transportadas, así como de aeronaves y tripulaciones en el ámbito aeroportuario. 2. La fiscalización y control del transporte, tenencia, portación de armas, explosivos y demás...

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