Disposición 126/2015
Fecha de disposición | 13 Abril 2015 |
Fecha de publicación | 17 Abril 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33110 |
MINISTERIO DE SEGURIDAD
POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
Disposición 126/2015Ezeiza, 13/4/2015
VISTO el Expediente N° S02:0000303/2015 del Registro de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, la Ley N° 26.102, la Resolución N° 1.015 del 6 de septiembre de 2012 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Disposiciones Nros. 172 del 2 de marzo de 2010 y 1.337 del 20 de diciembre de 2013, ambas del Registro de esta Institución, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley N° 26.102, esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, como Autoridad Nacional en seguridad aeroportuaria, tiene a su cargo la obligación de establecer procedimientos y sistemas de identificación, a efectos de impedir el acceso no autorizado de personas y vehículos al Área de Seguridad Restringida en las Instalaciones Aeroportuarias sujetas a su Jurisdicción.
Que por la Disposición PSA N° 172/10 se aprobó el “Reglamento de Registro y Control de Ingreso, Circulación y/o Permanencia de Personas y Vehículos en las Instalaciones Aeroportuarias”.
Que el Artículo 44 del citado Reglamento establece: “El arancel a abonar por la emisión o renovación de los Permisos, así como el formato de los Permisos y formularios a presentar para su tramitación, serán determinados por la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA”.
Que por la Disposición PSA N° 1.337/13 se actualizó, con vigencia a partir del 1° de enero de 2014, la escala de aranceles para la emisión o renovación de los Permisos Personales Aeroportuarios.
Que debido a la evolución de los costos correspondientes a los insumos necesarios para la elaboración de los Permisos Personales Aeroportuarios, se considera oportuno actualizar la escala arancelaria a fin de financiar los gastos que requiere el desarrollo de dicha actividad.
Que el Artículo 18 de la Ley N° 26.102 establece: “La conducción y administración de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, será ejercida por la Dirección Nacional de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, que estará a cargo de un funcionario con rango de Director Nacional, que será designado por el Poder Ejecutivo Nacional”.
Que el Artículo 6° del Anexo I a la Resolución MS N° 1.015/12 establece que la Dirección Nacional de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA tiene a su cargo la conducción y administración de la Institución y que a los efectos del cumplimiento de estas funciones será secundada por las Direcciones Generales, entre las que se encuentra la Dirección General de...
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