Disposición 124.

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición15 de Mayo de 2018

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 124/2018

Ciudad de Buenos Aires, 14/05/2018

VISTO el Artículo 101 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, la Ley N° 25.246 y sus modificaciones y la Disposición N° 98 (AFIP) del 27 de febrero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Anexo de la Disposición N° 98/09 (AFIP) se fijaron las pautas aplicables con relación al alcance del instituto del secreto fiscal contemplado en el Artículo 101 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, frente a requerimientos de información sobre contribuyentes y/o responsables, que pudieren formular los administrados, las autoridades u organismos de cualquier naturaleza.

Que conforme a la reforma introducida por la Ley N° 26.683 al Artículo 14 de la Ley N° 25.246 y sus modificaciones, los sujetos obligados a informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) -enumerados en el Artículo 20 de esta última norma- no pueden oponer las disposiciones legales referentes al secreto bancario, fiscal, bursátil o profesional ni los compromisos legales o contractuales de confidencialidad, en el marco del análisis de un reporte de operación sospechosa.

Que por otra parte, la Ley N° 27.430 introdujo modificaciones al Artículo 101 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, incorporando supuestos en los cuales no regirá el secreto fiscal y estableciendo -entre otras cuestiones- que la información amparada por este instituto se encuentra excluida del derecho de acceso a la información pública en los términos de la Ley N° 27.275 y su modificatorio y de las leyes que la modifiquen, sustituyan o reemplacen.

Que a fin de receptar los cambios normativos a los que se alude en los párrafos que preceden en la normativa dictada por este Organismo con el propósito de orientar la actuación de sus agentes, corresponde adecuar el Anexo de la Disposición N° 98/09 (AFIP).

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las...

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