Disposición 121/2020

Fecha de publicación17 Julio 2020
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2020

VISTO el EX-2020-00382517- -AFIP-SEASDVGEPE#SDGRHH del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través del mismo, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior propone dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente a la Abogada Graciela Lourdes MORALES LEZICA en el carácter de Directora Interina de la Dirección Regional Aduanera Noreste y asignar idénticas funciones a la Abogada María Isabel RODRIGUEZ, quien se viene desempeñando como Jefa de la Sección Sumarios en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Hidrovía.

Que asimismo, se propicia asignarle a la Abogada Graciela Lourdes MORALES LEZICA las funciones Interinas de Consejero General de 1ra asociadas a la categoría C.T.A. – 01 en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Noreste.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4º C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 – Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº 15/91 (t.o. Resolución S.T. Nº 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR