Disposición 115. DI-2019-115-APN-ANSV#MTR

Fecha de disposición01 Abril 2019
Fecha de publicación01 Abril 2019
SecciónDisposiciones

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 115/2019

DI-2019-115-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2019

VISTO el expediente N° S02:0150361/2014 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Ley N° 24.449 y la Ley Nº 26.363, y su normativa reglamentaria y las Disposiciones ANSV Nº 35/10, Nº 294/10, Nº 560/15 y Nº 66/16, y

CONSIDERANDO

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecido en el art 4° incisos a) y ñ) de la Ley N° 26.363, cuenta entre sus funciones coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional, así como también autorizar la colocación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de Infracciones, y su uso por parte de las autoridades de constatación, en coordinación con los demás Organismos nacionales competentes en la materia, de conformidad con las Leyes N° 19.511 y N° 25.650.

Que conforme lo establecen los apartados 1 y 10 del Anexo II del Decreto N° 1716/2008 la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL es responsable de la homologación de los dispositivos automáticos o semiautomáticos, fotográficos o no, que se utilicen para la constatación de infracciones de tránsito en caminos, rutas y autopistas y del uso manual de los sistemas.

Que las homologaciones y autorizaciones de uso referidas mantendrán su vigencia en la medida en que se encuentren vigentes los certificados de aprobación de modelo, de verificación primitiva y de verificación periódica -de corresponder- emitidos, todos ellos, por autoridad competente, se afecte a la operación de los dispositivos a personal matriculado por esta Agencia y se cumpla con las normas aplicables a la materia.

Que en el marco de las facultades otorgadas por la Ley 26.363, su Decreto Reglamentario Nº 1716/08 y el Decreto Nº 1787/08, la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN VIAL, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL, de esta AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, realiza auditorías aleatorias en aquellas jurisdicciones que cuentan con autorización de uso de cinemómetros controladores de velocidad, con el fin de, por un lado, corroborar que la instalación de los puestos de control de velocidad se adapten a los estándares establecidos por el "PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL", aprobado por Disposición ANSV N°294/10 y velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos mediante el "CONVENIO FEDERAL SOBRE ACCIONES EN MATERIA DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL", suscripto entre el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha 15 de agosto de 2007, ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1232 del 11 de septiembre de 2007 y posteriormente por Ley Nº 26.363, siendo uno de ellos el de no servirse de este tipo de tecnologías con la finalidad principal de obtener beneficios mediante la aplicación de sanciones pecuniarias derivadas de las infracciones constatadas por dicho medio.

Que por el expediente citado en el VISTO, el Municipio de Recreo, provincia de Catamarca, solicitó la intervención de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en su carácter de autoridad máxima nacional en materia de seguridad vial, a fin de que la misma proceda a otorgarle la Homologación y Autorización de Uso de DOS (2) cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil, con registro fotográfico de infracciones...

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