Disposición 1118/2022

Fecha de publicación11 Enero 2023
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL


Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022

VISTO el EX-2022-102087382- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2022-2317-APN-ST#MT, RESOL-2022-1812-APN-ST#MT, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 1/2 del RE-2022-102087301-APN-DGD#MT del EX-2022-102087382- -APN-DGD#MT obra el Acuerdo homologado por la RESOL-2022-2317-APN-ST#MT y registrado bajo el Nº 3526/22, celebrado por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la FEDERACION ARGENTINA DE ASOCIACIONES DE TALLERES REPARACION AUTOMOTORES Y AFINES, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en la referida Resolución también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en el acuerdo en cuestión se dispuso un adicional para el personal encuadrado en el CCT 27/88 que desarrollen funciones en emprendimientos mineros, petroleros y otros complementarios en origen en las provincias de Mendoza, Catamarca, Salta, Formosa, Jujuy, La Rioja, Rio Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego Antártida Argentina e islas del Atlántico Sur.

Que para efectuar el cálculo del importe promedio de las remuneraciones se tomaron los valores salariales establecidos en el Acuerdo Nº 2899/22, el cual fue homologado por la RESOL-2022-1812-APN-ST#MT.

Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió el informe técnico IF-2022-140248267-APN-DNRYRT#MT, al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR