Disposición 11/2022

Fecha de publicación22 Marzo 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 02/01/2022

VISTO el EX-2019-08753284-APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que, en las páginas 3/5 del IF-2019-08763711-APN-DGDMT#MPYT de autos, obra un acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS DE LA INDUSTRIA DEL VIDRIO Y AFINES, por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE VIDRIO (CAFAVI), CÁMARA ARGENTINA DE INDUSTRIAS OPTICAS Y AFINES (CAIOA) y la CÁMARA DEL VIDRIO PLANO Y SUS MANUFACTURAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 642/12, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes pactan el pago de una suma no remunerativa del Decreto 1043/18, en los términos y condiciones pactadas.

Que el ámbito de aplicación de dicho instrumento se circunscribe a la correspondencia entre el objeto de la representación empleadora firmante, y el ámbito de las entidades sindicales signatarias, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente por ante esta Cartera de Estado.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que, en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre entre el SINDICATO...

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