Disposición 107/2020

Fecha de publicación21 Octubre 2020
SecciónDisposiciones
EmisorSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA


Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-42604955- -APN-DGTYA#SENASA, el Decreto Delegado N° 1.023 del 13 de agosto de 2001, el Reglamento de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.030 del 15 de septiembre de 2016, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 409 del 18 de marzo de 2020, y las Disposiciones Nros. 62 del 27 de septiembre de 2016 de la Oficina Nacional de Contrataciones del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y 48 del 19 de marzo de 2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto, se tramitó la contratación por emergencia COVID-19 N° 12/2020 para la adquisición de placas y tubos de PCR para el diagnóstico de COVID-19 para la emergencia sanitaria en el marco del citado Decreto N° 260/2020, a solicitud de la Dirección de Laboratorio Animal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que la adquisición solicitada, resulta indispensable para hacer frente a la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), toda vez que los insumos de prevención solicitados son necesarios para el resguardo sanitario de los agentes de este Organismo Nacional que prestan servicio en los puertos, aeropuertos, barreras y pasos fronterizos, como así también, para aquellos que cumplen tareas en las oficinas de todo el país, con acceso al público o donde exista o pudiese existir aglomeración de personas por alguna razón valedera.

Que en fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró al COVID-19 como una pandemia, en virtud del número de personas infectadas a nivel global.

Que en la situación actual, resulta necesario adoptar las medidas de prevención oportunas, transparentes y consensuadas que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación epidemiológica, con el fin de mitigar su propagación.

Que por el citado Decreto N° 260/20 se facultó a la autoridad sanitaria, entre otras atribuciones, a “Efectuar la adquisición directa de bienes, servicios o equipamiento que sean necesarios para atender la emergencia, en base a evidencia científica y análisis de información estratégica de salud, sin sujeción al régimen de contrataciones de la administración nacional. En todos los casos deberá...

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