Disposición 1. DI-2019-1-APN-DNSEF#MSG

EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD - DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS
Fecha de la disposición15 de Enero de 2019

MINISTERIO DE SEGURIDAD

DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS

Disposición 1/2019

DI-2019-1-APN-DNSEF#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 14/01/2019

VISTO el Expediente EX 2019-01876973--APN-DNSEF#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, el Decreto N° 246 del 10 de abril de 2017, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 354 del 19 de abril de 2017, la Decisión Administrativa MS N° 421 del 5 de mayo de 2016 y la Decisión Administrativa MS N° 299 del 9 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 246, reglamentario de la Ley N° 20.655 y sus modificatorias y de la Ley N° 23.184 y sus modificatorias, establece que las normas complementarias del mismo serán dictadas por el MINISTERIO DE SEGURIDAD como también la elaboración del "REGLAMENTO DE PREVENCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS" y las disposiciones necesarias para su implementación.

Que el citado Decreto, en su artículo 7° prevé que el MINISTERIO DE SEGURIDAD "podrá preventivamente por razones de interés público y atendiendo a razonables pautas objetivas debidamente fundadas, restringir la concurrencia a espectáculos futbolísticos a toda persona que considere que pueda generar un riesgo para la seguridad pública", y, con tal fin, podrá dictar las normas relativas a la restricción de concurrencia.

Que atendiendo al deber de resguardar los derechos y garantías establecidos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL, surge el propósito de consolidar el marco normal de desarrollo de un evento deportivo de asistencia masiva como lo es fútbol, que conlleva la adopción de medidas y el despliegue de actividades que preserven la paz y tranquilidad pública, cuestiones que estriban en la razón misma de las competencias asignadas al MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que por Decisión Administrativa MS N° 421 de fecha 05 de mayo de 2016, se crea la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTACULOS FUTBOLISTICOS, estableciéndose, luego, por medio de la Disposición Administrativa MS N° 299 del 9 de marzo del corriente año, su dependencia de la SECRETARÍA DE GESTIÓN FEDERAL DE SEGURIDAD, siendo la responsabilidad primaria la de "entender en el diseño y aplicación de políticas, estrategias y acciones para el control de la seguridad en espectáculos futbolísticos generando prevención de la violencia en los mismos".

Que entre las acciones a cargo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS se encuentra la "entender en el di-seño e instrumentación de medidas destinadas a prevenir la violencia y el delito en los espectáculos futbolísticos coordinando cuando fuera competente con las áreas del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y de la SECRETARIA DE DEPORTES\u2026y administrar el Registro de Infractores a la Ley N° 20.655 (Ley del Deporte) y el Registro de Personas con Derecho de Admisión".

Que razones de operatividad y celeridad aconsejan delegar en la autoridad específica la ejecución de las medidas diseñadas y el dictado de normas a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS.

Que en consonancia con estos imperativos, se dicta la Resolución N° 354, por la cual se instruye a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS establecer la identidad de las personas alcanzadas con la aplicación de "Restricción de Concurrencia Administrativa", en los términos y con el alcance del artículo 7° del Decreto N° 246/17, mencionado precedentemente.

Que la misma Resolución ministerial establece en forma concordante las condiciones o situaciones en las que deberán encontrarse las personas pasibles de la aplicación de la restricción de concurrencia como también el lapso de cumplimiento, además del tratamiento que se le será otorgado a la persona reincidente.

Que el expediente en tratamiento se inicia con la nota cursada por la SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES de fecha 3 de enero del corriente año, mediante la cual solicita a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUTOBOLISTICOS la inclusión en las nóminas del Programa TRIBUNA SEGURA de las personas que en listado adjunto acompaña, y consecuentemente aplicar la Restricción de Concurrencia Administrativa, en los términos de la Resolución MS N° 354/17.

Que la nota precitada da cuenta del oficio girado por la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nro. 2, a cargo del Dr. Norberto A. Brotto, quien interviene en los hechos de público conocimiento acaecidos en las inmediaciones del estadio perteneciente al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE, momentos previos al encuentro que debía disputar el equipo de esta institución frente a su similar del CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, el día 25 de noviembre de 2018.

Que como consecuencia de estas incidencias, se efectúa el allanamiento llevado a cabo en el domicilio de la calle Haedo 840, del Partido de San Miguel, Provincia de Buenos Aires, correspondiente al Sr. Héctor Guillermo GODOY, donde resultan secuestradas entradas nominadas y que pertenecerían al grupo radicalizado denominado "Los Borrachos del Tablón".

Que por el curso tomado por la investigación y en el marco del caso MPF 189.306 en trámite ante la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nro. 2, el Sr. Fiscal encuadra la conducta reprochable en las previsiones del art. 5° de la Ley N. 24.192, esto es: "será reprimido con prisión de uno a seis años el que instigare, promoviere o facilitare de cualquier modo, la formación de grupos destinados a cometer algunos de los delitos previstos en el presente capítulo".

Que con la identificación de las entradas nominadas, se logra establecer la identidad personal de los involucrados en la maniobra delictiva y resultan ser: PICCININI, LUCAS DNI 31.533.273; ORDOÑEZ, ROBERTO ESTEBAN DNI 34.873.396; SANTOS, JUAN JOSÉ DNI 24.589.675; CASAL, DIEGO ABEL DNI 34.889.254; CASANGA, ANGEL OSCAR DNI 21.657.947; PIOVANO, MARCELO GASTON DNI 28.062.317; CARRIZO, XAVIER EMILIANO DNI 35.660.231; PULGAR, LUCAS MATIAS DNI 40.183.685; CARRIZO, CARLOS GASTÓN DNI 25.913.840; SALINAS, LUCAS MARTIN DNI 28.507.522; CARZOGLIO ROSSI, DARÍO FABIAN DNI 35.982.501; CARRASCO, LYDER ALBERTO DNI 21.855.460; CARRO, JUAN EDUARDO DNI 28.326.338; CASTAÑO, MARCELO RAMÓN DNI 25.240.806; CASTILLO, PEDRO MARTIN DNI 28.021.908; CASTOLDI, LEANDRO NAHUEL DNI 34.365.270; OVIEDO, CRISTIAN GASTON DNI...

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