Disposición 1-E.

EmisorMINISTERIO DE CULTURA - SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2017

MINISTERIO DE CULTURA

SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA

Disposición 1-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2017

VISTO el Expediente CUDAP N° 2756/2016 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y modificatorio, la Ley N° 19.549, la Decisión Administrativa N° 213/2016 y la Resolución M.C. N° 212 del 26 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución M.C. N° 212/2016 se crea el PROGRAMA FESTEJAR en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD.

Que la mencionada Resolución establece en su artículo 4° como Autoridad de Aplicación del Programa a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN.

Que asimismo, del ANEXO I de la citada Resolución surge que se abrirán dos convocatorias por año.

Que para cumplir con los objetivos establecidos en dicho Programa, se requiere la apertura de la inscripción de la Tercera Convocatoria Concursable para Organizadores de Festivales, Carnavales y Celebraciones Populares.

Que dicha acción resulta competencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN.

Que el artículo 3° de la Ley 19.549 --Competencia del Órgano-- establece que la avocación será procedente a menos que una norma expresa disponga lo contrario.

Que atento a que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN se encuentra acéfala, procede la avocación por parte de esta SUBSECRETARÍA a fin de dar cumplimiento con los objetivos del PROGRAMA que exige la Resolución M.C. N° 212/2016.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR