Disposición 1.
Emisor | MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA |
Fecha de la disposición | 30 de Enero de 2017 |
Disposición 1/2017
Buenos Aires, 05/01/2017
VISTO el Expediente N° S05:0000226/2017 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Ley N° 25.218 del 24 de noviembre de 1999, el Decreto Ley N° 6704 y su Decreto Reglamentario N° 8967 del 8 de octubre de 1963, las Resoluciones N° 149/1998 del 30 de Octubre de 1998 y N° 312 del 1 de noviembre de 2007 de la EX. SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, N° 248 del 23 de junio de 2003 y N° 203 del 26 de abril de 2012 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y la Disposición N° 4 del 4 de junio de 2013 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 25.218 se aprobó LA CONVENCION INTERNACIONAL DE PROTECCION FITOSANITARIA, la cual ha desarrollado el concepto de Plagas No Cuarentenarias Reglamentadas.
Que el Decreto Ley N° 6704 de Sanidad Vegetal y su Decreto Reglamentario N° 8967 del 8 de octubre de 1963 fijan las regulaciones a que deben ajustarse las personas físicas y jurídicas, así como los organismos públicos, nacionales, provinciales y municipales, en cuanto a lo referido a las plagas de la agricultura, ya sea en los cultivos, transportes y almacenes, como en cualquier otra forma que permita su desarrollo, traslado y dispersión.
Que la Resolución N° 149/1998 del 30 de Octubre de 1998 de la EX. SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS establece un sistema de certificación del material de propagación de cítricos.
Que la Resolución SENASA N° 248 del 23 de junio de 2003 asimila el concepto de plaga no cuarentenaria reglamentada al listado de plagas presentes en la Ley N° 6704 de Sanidad Vegetal.
Que por la Resolución N° 312 del 1 de noviembre de 2007 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, se crea el Registro Nacional Fitosanitario de Operadores de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal, para el control de plagas no cuarentenarias reglamentadas, reglamentado actualmente a través de la Disposición N° 4 del 4 de junio de 2013 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SENASA.
Que por Resolución N° 203 del 26 de abril de 2012 se crea el Programa Nacional de Sanidad de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal, dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del...
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