Disposición 1.

Fecha de disposición18 Enero 2016
Fecha de publicación18 Enero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 1/2016

Bs. As., 15/01/2016

VISTO el Expediente N° S04:0002874/2016 del Registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que durante el mes de enero se inicia el período de feria judicial durante el cual disminuye el flujo de trámites que se inician ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, por lo que resulta conveniente que una parte sustancial del personal tome su licencia anual durante dicho mes.

Que atento lo expuesto, resulta necesario para la optimización de las funciones a cargo de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, adoptar previsiones relativas a horarios de atención a la recepción de trámites y diligencias compatibilizando la sustanciación de las actuaciones con las disponibilidades de recursos humanos a fin de llevar sus acciones con eficacia y eficiencia.

Que en atención a la necesidad de planificación, programación, gestión y control de las actividades desarrolladas para el cumplimiento de las metas y acciones asignadas a las distintas áreas del organismo, resulta conveniente modificar la Resolución General IGJ N° 12 del 22 de diciembre de 2015, mediante la cual se estableció el régimen de atención del organismo durante el mes de enero del corriente año.

Que atento que las autoridades del organismo aún no se encuentran designadas y en orden a la oportunidad, mérito y conveniencia, resulta indispensable el dictado de la presente por parte del suscripto.

Que como principio general y en el marco de las facultades asignadas por la estructura organizativa del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES puede avocarse al tratamiento de cuestiones de índole organizativa y administrativa que no afecten la especialidad del organismo inferior.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por los artículos 20 y 21 de la Ley N° 22.315 y en virtud de lo normado en el Decreto N° 12 del 5 de enero de 2016 modificatorio del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO

DE ASUNTOS REGISTRALES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

Derógase los Artículos 2°, 3°, 4° y 6° de la Resolución General N° 12 del 22 de diciembre de 2015 de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

ARTÍCULO 2°

Modifícase el Artículo 7° de la Resolución General IGJ N° 012/15, el que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 7°.- TRAMITES EXCLUIDOS: No se recibirán durante el mes de enero de 2016 los siguientes trámites:

a)...

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