Disposición 1/2020

Fecha de publicación14 Agosto 2020
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y POLÍTICAS CULTURALES PARA LA IGUALDAD


Ciudad de Buenos Aires, 13/08/2020

VISTO la Ley de Ministerios N° 22.520 texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorios, el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y la RESOL-2020-96-APN-MMGYD; y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución N° 96/2020 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD se creó el Programa “ESCUELAS POPULARES DE FORMACIÓN EN GÉNERO Y DIVERSIDAD MACACHAS Y REMEDIOS” en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN EN GÉNERO Y DIVERSIDAD cuyo objetivo principal es fortalecer la capacitación de mujeres y personas LGBTI+ para propiciar, desde la producción de saberes colectivos, la deconstrucción de estructuras discursivas, prácticas y formas de relación que reproducen y perpetúan la violencia por motivos de género.

Que en virtud del artículo 14 de la Ley Nº 22.520, las y los Ministros tienen la facultad de delegar la resolución de asuntos relativos al régimen administrativo de sus jurisdicciones en Secretarios/as y/o Subsecretarios/as.

Que en orden al artículo mencionado en el considerando anterior, la Resolución N° 96/2020 establece en su artículo 4 que “[l]a SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y POLÍTICAS CULTURALES PARA LA IGUALDAD tendrá a su cargo el desarrollo de los mecanismos y procedimientos necesarios para la implementación del PROGRAMA.”

Que a los fines de lograr su correcta implementación, corresponde explicitar los criterios que delimitan el alcance, los requisitos para la presentación, el formulario que deberá ser completado por quien desee postular al subsidio, el modelo de proyecto orientativo para la presentación de la propuesta de trabajo, el modelo de convenio que será firmado, así como también los lineamientos que serán tenidos en cuenta para la selección de proyectos.

Que se deja constancia que lo dispuesto en la presente resolución no implica erogación presupuestaria alguna para esta cartera ministerial.

Que, por su parte, la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y CONTENCIOSOS del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en en el artículo 4 de la Resolución N° 96/2020 y en el artículo 14 de la Ley de Ministerios N° 22.520, y

Por ello,

LA...

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