Disposición 434/2010

Fecha de disposición08 Febrero 2010
Fecha de publicación08 Febrero 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31838

asimismo, prever la entrega gratuita del pliego a dichos Consorcios, atento que oportunamente ya adquirieron el pliego que rigiera la Segunda Etapa. aRTICulO 7º: PuBlICaR, la presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, en el Boletín Oficial de la Nación, en dos diarios de amplia circulación en la Provincia de Santa Cruz, y de la Nº 31.838 50

Que desde el punto de vista sustantivo las irregularidades constatadas configuran la presunta infracción al artículo 2º de la ley 16.463 y al artículo 3º del Decreto 1299/97.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490/92 y Nº 253/08.

Por ello,

El INTERVENTOR DE la aDMINISTRaCION NaCIONal DE MEDICaMENTOS, alIMENTOS Y TECNOlOGIa MEDICa DISPONE:

aRTICulO 1º

Prohíbese preventivamente la comercialización, fuera del ámbito de la Provincia de Corrientes, a la Droguería denominada 'Droguería alta Cruz S.R.l.', por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición hasta tanto no se inscriba ante esta administración Nacional a los fines de poder efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales de acuerdo a lo enunciado en el artículo 3º del Decreto 1299/97.

aRTICulO 2º

Instrúyase sumario sanitario a la Droguería denominada 'Droguería alta Cruz S.R.l.' con domicilio en la calle Gutenberg 2223 de la Ciudad de Corrientes y su Director Técnico, por presuntas infracciones al artículo 2º de la ley 16.463 y al artículo 3º del Decreto 1299/97.

aRTICulO 3º

Regístrese.Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.

Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a las del Gobierno de la Ciudad autónoma de Buenos aires y a las Cámaras y entidades profesionales correspondientes. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales de esta a.N.M.a.T. y a la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud. Dése al Departamento de Sumarios de la Dirección de asuntos Jurídicos a sus efectos. Cumplido, archívese. -- Dr. RICaRDO MaRTINEZ, Interventor, a.N.M.a.T.

e. 08/02/2010 Nº 10852/10 v. 08/02/2010 MINISTERIO DE SALUD SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA Disposición Nº 435/2010

Bs. as., 2/2/2010

VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-503-09-0 del Registro de esta administración Nacional de Medicamentos, alimentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERaNDO:

Que por las presentes actuaciones el Instituto Nacional de Medicamentos hace saber las irregularidades detectadas con respecto a la Droguería denominada 'Profacor S.R.l.', que no se encuentra registrada ante esta administración Nacional a los fines de poder efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales de acuerdo a lo enunciado en el artículo 3º del...

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